Los derechos en la era de las redes sociales

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Hahna Arendt, filósofa y política alemana de origen judío, que vivió en carne propia el yugo de la dominación nacionalsocialista, describió en su obra Los orígenes del totalitarismo —publicada por primera vez en 1951— rasgos esenciales de todo régimen autoritario: destrucción del terreno público en la vida de las personas; anulación de toda expectativa política y el inevitable acorralamiento hacia una soledad generada a partir de la separación del yo del mundo.

Más de sesenta años después, en la era de la evolución tecnológica, internet es tal vez uno de los cauces más importantes para lograr la indispensable aproximación social, económica, política y cultural que pueda reducir objetivamente toda posibilidad de autoritarismo.

Internet se han convertido en un poderoso medio de comunicación, debido a que cada vez crece más el número de cibernautas en el mundo que lo utilizan, y que le ha permitido adquirir una dimensión comunitaria integral.

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En nuestro país fue trascendental el reconocimiento normativo y programático que ahora se asienta en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet.

Concomitantemente, se erigió el deber inalienable del Estado de garantizar a su población una integración real a la sociedad de la información y del conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal, trazada a partir de metas anuales y sexenales.

Las redes sociales constituyen un segmento de las tecnologías de la información que ha venido a ocupar un lugar especial en el camino hacia la conformación de esa sociedad del conocimiento, la cual constituye la premisa de toda democracia deliberativa.

Las redes sociales online se han convertido en las favoritas de los cibernautas, en tanto permiten compartir ideas, intereses y afinidades a través de fotografías, videos, e imágenes. La interacción política hoy se vale de estos insumos para hacerse más crítica, aguda e incrementar su potencial comunicativo.

Una de las mayores virtudes que pueden reconocerse a las redes sociales es la forma como en ellas se van construyendo los liderazgos de opinión. A diferencia de otros medios de comunicación, en ellas, el liderazgo se va obteniendo a través de un intercambio abierto de ideas, opiniones y contraopiniones de sectores diferenciados de la sociedad que, mediante una amplia interacción, van creando consensos y disensos, coyunturas y rupturas y van configurando una opinión pública informada.

El redimensionamiento de las redes sociales impone cuestionarnos: ¿cuáles son los derechos que tienen la sociedad y los individuos en particular en el ámbito de las redes sociales?, ¿cómo deben modularse o intensificarse esos derechos, cuando se está en presencia de un debate público como el que enmarca los procesos electorales?

Cualquier esfuerzo de regulación de los contenidos e información en las redes sociales estaría condenado a fracasar prima facie, por atentar contra su propia naturaleza. Pero derechos como la honra, reputación, vida privada e imagen —atendiendo al contexto en el que se materialice la información— deben seguir delineando los contornos de los derechos en las redes sociales.

La fórmula ancestral de tutelar los derechos de terceros como límite de las libertades públicas permanece aún vigente.

Por tanto, la forma de entender los derechos en la nueva era digital debe partir, es cierto, de una aspiración de máxima universalidad y ponderarla con el respeto necesario de los derechos de terceros.

Su equilibrio es responsabilidad del Estado y de la sociedad en su conjunto.


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