Definiciones a medias: un efecto corruptor

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Por: Diego Fernández de Cevallos

El Consejo de la Judicatura Federal debe tomar en cuenta que en la sociedad mexicana prevalece la incultura de la suspicacia (muy por encima de la sana perspicacia y de la ley); por ello, de la intriga, sospecha, suposición, imaginación, difamación o conjetura, pasa rápidamente a la imputación directa y, sin previo análisis, la convierte en “su verdad”, que implica condena pública, aunque no haya datos de prueba ni elementos de convicción para justificarla.

Si a ello agregamos que la mentira cínica, la deshonra y maledicencia vulgares provocan enconos sociales y tolvaneras que levantan basura y la hacen gobierno, resulta impostergable que, salvo en los casos que prohíba la ley, el Poder Judicial de la Federación se pronuncie de manera contundente, inequívoca y sin dilación en los asuntos que puedan dejar en duda su honor y prestigio, por ser ese su deber ético incuestionable.

Por eso considero que el referido Consejo se quedó a la mitad en el pronunciamiento que hizo con motivo del voto mayoritario que recientemente dio el Senado para aumentar el periodo por el que fue electo el ministro Zaldívar como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como el de cada uno de los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, que también él preside.

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Ese Consejo, apegándose a lo que considera veraz, se concretó a precisar que él y su presidente no propusieron ni solicitaron la ampliación de los periodos a que anteriormente me refiero, y agregó que esperará a conocer lo que resuelva la Cámara de Diputados para pronunciarse al respecto.

Esa espera para su definición última (sumada a otros antecedentes) ha motivado muy diversas interpretaciones y habladurías, catalizadas por el evidente apoyo que dio López Obrador al presidente Zaldívar, diciendo que “le tiene confianza”, esto es, que según él, hacen buena mancuerna. La verdadera confianza que requiere el Poder Judicial es de la población, no otra.

Por lo pronto, ya sabemos que no existió pedimento del Consejo para aumentar los periodos referidos, pero queda la incógnita de si los interfectos estarán o no dispuestos a rechazar tan execrable “beneficio”, o si recibirán con beneplácito tamaña inmundicia. Aunque creo que la repudiarán con meridiana definición, la confianza popular a ese poder no debe estar temporalmente en duda ni ser intermitente.

Distinto sería si el Consejo de la Judicatura Federal hubiera concluido con un párrafo diciendo que los periodos para desempeñar los cargos de sus consejeros y del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación los determina la Constitución. La definición a medias, como en el caso que nos ocupa, y esperar a que se consume (o no) el atraco al Estado de derecho, a la división de poderes y a México entero, produce, también, efectos corruptores.


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