Refrescando la memoria

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En 26 de mayo de 2015 aprobamos una reforma constitucional en materia de disciplina financiera para las entidades federativas y los municipios. Partiendo de la grave problemática que enfrentan algunos estados, se decidió a través de la ley poner límites a los endeudamientos de estos. Con esta reforma se pretenden dos cosas: la primera es que se establecen límites al tipo de déficit, es decir al tamaño del déficit que pueden tener los gobiernos locales y también a los montos de endeudamiento y así fomentar una disciplina financiera.

Deudas como la de Coahuila, verbi gratia, debilitan las finanzas públicas, amén del deleznable atraso para el crecimiento económico por la falta de dinero, en detrimento del desarrollo integral de la población, dado el enorme costo en pago de intereses y manejo de la misma. Todos sabemos que cuando las finanzas se operan con responsabilidad y probidad, se pueden destinar más recursos a proyectos de gasto como infraestructura, salud y seguridad.

Por otro lado, una ley de disciplina financiera no puede funcionar si no hay buenas cuentas fiscales y transparencia, de ahí la importancia de esta reforma que privilegia la rendición de cuentas.

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En la reforma aprobada se le dan al Congreso facultades para aprobar “los límites y modalidades bajo los cuales dichos órdenes de gobierno podrán afectar sus respectivas participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones de pago que contraigan.”

También se les obliga a “inscribir y publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un registro público único, de manera oportuna y transparente”. Se establece “un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda; así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan sus disposiciones”.

Se establece la creación de una comisión legislativa bicameral, con facultades para analizar la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los Estados, planteada en los convenios que pretendan celebrar con el Gobierno Federal para obtener garantías. Pudiendo esta emitir las observaciones que estime pertinentes en un plazo máximo de 15 días hábiles, inclusive durante los períodos de receso del Congreso de la Unión. Esto aplicará para aquellos estados que tengan niveles elevados de deuda en los términos de la ley. Igualmente, si se suscribe un convenio para atender el problema, el Congreso tendrá que ser informado de manera inmediata, operará de la misma manera para los municipios que se encuentren en la misma situación. También se autoriza a la Auditoría Superior de la Federación a fiscalizar en forma posterior la deuda de las entidades federativas y las garantías que fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos que otorgue el Gobierno Federal respecto a empréstitos de los Estados y Municipios.

Por leyes no quedamos, siempre lo he dicho, el problema es su inobservancia. Si esta reforma tiene la misma suerte de la educativa, cuente usted con que seguirá a la alza la caterva de políticos sinvergüenzas… sí, de esos, de los que tenemos en Coahuila, gozando de la impunidad que los ampara, viviendo como marajás y riéndose a mandíbula batiente del pueblo al que robaron y defraudaron.


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