La negligencia médica en México

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Un tema poco estudiado y discutido en México, pero con importantes repercusiones en la salud y en la vida de los usuarios de los servicios médicos es la negligencia médica. De acuerdo con especialistas, ésta ocurre cuando el médico tiene los conocimientos y recursos necesarios para atender a un paciente, pero no los utiliza por descuido u omisión.

Un documento sobre el tema, distribuido por investigadores del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, señala que una de las formas que se puede asumir como negligencia médica es la negativa por parte de los profesionales, técnicos o auxiliares médicos de prestar oportuna atención a personas que acuden a las instituciones de salud, pues pone en peligro la salud y vida de los pacientes y atenta contra los derechos humanos.

El documento referido señala que en 2014 la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) −órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud−, recibió 17 mil 304 quejas médicas, de las cuales 80 por ciento se relacionaron con servicios públicos de salud y el resto afectaron a las instituciones privadas.

Por lo que se refiere a las instituciones privadas, el motivo más frecuente de quejas fue el costo excesivo por los servicios que recibieron −de acuerdo con la percepción de los usuarios−, mientras que en el sector público la mayoría de las quejas fueron por negativas a brindarles la atención médica, deficiencias en los insumos y equipos médicos, falta de medicamentos, así como de personal capacitado.

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Ese mismo año, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) registró el mayor número de quejas (51.5 por ciento), seguido de los servicios privados, con 21.7 por ciento y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con 17.3 por ciento.

Las mujeres pobres, generalmente rurales o hablantes de lengua indígena, han sido las más afectadas por las deficiencias en la calidad de los servicios de salud, sobre todo durante el embarazo, parto y puerperio. En reiteradas ocasiones se les ha negado el acceso a los servicios de salud y a la atención médica durante el parto, bajo el argumento de que faltan medicamentos, equipos, espacios y recursos humanos para atenderlas, poniendo en riesgo la salud de las mujeres y la de sus hijos.

En nuestro país se ha avanzado muy poco en la construcción de una normativa legal para sancionar la negligencia médica. Es más, la figura jurídica de negligencia médica no existe, por lo que legalmente este delito no está tipificado. Los ordenamientos contemplan únicamente la figura de responsabilidad profesional, pero no específicamente en materia de salud.

La experiencia en América Latina es diversa. Por ejemplo, en Ecuador se castiga la negligencia derivada de una mala praxis en todos los profesionales −sin distinción− que ocasionen la muerte o daños a la salud.

Por su parte, las legislaciones de Colombia, Venezuela y Uruguay, no sancionan la mala práctica de los profesionales, pero en caso de muerte derivada de mala praxis, se puede aplicar la figura del homicidio no culposo.

En Argentina, la normativa establece que será castigado con prisión de seis meses a cinco años, e inhabilitación especial por un periodo de 5 a 10 años, quien por imprudencia, negligencia o impericia en su profesión cause a otra la muerte.

Por todo lo anterior, he señalado en diversas ocasiones la importancia de contar con una ley que regule la atención médica y sancione la negligencia, pues no debemos olvidar que el derecho a la salud no es una concesión a los usuarios de los servicios médicos, sino un derecho humano que nadie nos puede quitar.

* Senador por Yucatán. Secretario de las comisiones de Juventud y Deporte, de Relaciones Exteriores Asia-Pacífico y del Instituto Belisario Domínguez; integrante de las comisiones de Turismo, Reforma Agraria y Bicameral del Canal del Congreso.


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