¿Autonomía retórica?

0
435

El Congreso de la Unión decidió crear nuevos órganos reguladores de telecomunicaciones y competencia económica con autonomía constitucional en 2013, dando origen al Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica. Estos reguladores gozan de la máxima autonomía que da el Estado mexicano sin que ello implique que sean territorios autárquicos y exentos de rendición de cuentas.

Las leyes secundarias de telecomunicaciones evidenciaron que la autonomía original prevista en la Constitución podría admitir sus recortes, sus notas al pie de página y demás. El deleznable 9º transitorio o Cláusula Cablecom, del que ya hemos comentado en este espacio, quebrantó la autonomía del IFT al eliminar la posibilidad de un análisis previo a una concentración de concesionarios de telecomunicaciones. El mismo día que entró en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, Televisa anunció la adquisición del 100 por ciento de Cablecom. La mayoría del Pleno del IFT aceptó dicha adquisición buscando justificar que los efectos negativos de la concentración pudieran contrarrestarse por la convergencia, porque tal vez llegue a haber más cobertura y porque Dish existe.

Las comisionadas disidentes Elena Estavillo y Adriana Labardini pusieron el dedo en la llaga: existe el riesgo de comportamiento coordinado al reducirse el número de participantes, la publicidad en TV por cable es local igual que la TV abierta y la publicidad de Dish no es sustituto por su cobertura nacional, y no debió armarse el caso para llegar a una conclusión determinada. "Grupo Televisa, pues ya tiene una participación altísima, (…) el índice de concentración de 4,500, subiría con esta concentración a 7,177 Herfindahl, lo que es como no sólo alerta roja, sino una alerta rojísima, no sólo por su gran participación en el mercado de televisión restringida, sino también en el de radiodifusión íntimamente relacionado" (Labardini). Con la reciente adquisición de Telecable, ¿qué dirán los comisionados de la mayoría? ¿Que todo está bien y los efectos negativos se siguen contrarrestando?

ATT adquirió de TV Azteca el 100 por ciento de Iusacell y acaba de anunciar que adquirirá Nextel. Nextel tiene mucho espectro de trunking, una base de clientes interesante, pero sobre todo Nextel fue el ganador de la licitación 21 de un bloque de 30 MHz en la banda 2.1 GHZ. Sumando el espectro de Iusacell y de Nextel, se superarían los límites a la acumulación de espectro (spectrum cap) de las licitaciones. Difícil para el IFT decir que Televisa puede comprar cuanta empresa se le ponga enfrente porque no hay efectos negativos y limitar la adquisición de Nextel por AT&T. Pero para las licitaciones de la banda de 2.1 GHz programadas para este año, ¿incluirá el IFT spectrum caps o aceptará que el 9º transitorio los elimina de facto?

-Publicidad-

El que no se presentaran acciones de inconstitucionalidad para exigir el respeto a la autonomía del IFT y la necesaria deferencia administrativa generó que ahora esté en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la controversia constitucional del Senado contra el IFT que se resolverá con tramitación prioritaria. Los mismos senadores que crearon el IFT ahora cuestionan su facultad de regular el sector pretendiendo reducirlo a un robot que emita "reglas técnico-operativas". Vaya, ni cuando la extinta Cofetel -que era un desconcentrado de la SCT- se sostuvo tal pretensión para dilapidar sus facultades. Por el contrario, la Segunda Sala de la SCJN en el amparo en revisión 106/2002 reconoció que "fue el propio Congreso que autorizó a la SCT y CFT para emitir las disposiciones de observancia general necesarias para cumplir con su función de regular el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones en el País (…) sin que tal facultad conlleve violación al principio de división de poderes".

El Senado dice que los comisionados del IFT casi debieran ir a la hoguera porque el IFT incumplió con emitir las reglas de portabilidad, toda vez que aunque las aprobó dentro del plazo establecido por el Congreso, se publicó 6 días después en el Diario Oficial de la Federación, y además otorgó un plazo para que entrara en vigor (vacatio legis). ¿Cuántos días se retrasó el Congreso en expedir las leyes de telecomunicaciones? Más de 210 días y dio vacatio legis de 30 días. ¿Cuánto se ha demorado en la ley sobre derecho de réplica? Más de 400 días y sigue. ¿Cuál es la demora en la ley que dé vida a la Convención Interamericana contra la Corrupción? Más de 6 mil 570 días y contando. El Senado debiera comenzar por un autoanálisis y corrección antes de buscar otros frentes.


There is no ads to display, Please add some

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí