Buscan castigo de hasta 3 años de cárcel para funcionarios que emitan discursos de odio

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El grupo parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados presentó una reforma para modificar el artículo 149 del Código Penal Federal para castigar hasta con tres años de prisión, 300 días de trabajos sociales y casi 18 mil pesos a los servidores públicos que emitan discursos de odio, intolerancia y hostilidad.

A través de la diputada Adriana Dávila, el PAN recuerda que lac(SCJN) resolvió en 2013 que la libre expresión de las ideas encuentra su límite en el uso de “expresiones absolutamente vejatorias” que resulten ofensivas en el contexto e innecesarias en relación con el mensaje transmitido.

También afirmó que la integridad de las personas contra quienes se dirigen los discursos de odio “alcanza un mayor estándar de protección cuando se refieran a colectividades que por rasgos dominantes históricos, sociológicos, étnicos o religiosos, han sido ofendidos a título colectivo por el resto de la comunidad”.

Por ello, resulta evidente que el “discurso de odio” y la legislación que sancione y prohíba esta conducta, buscan proteger a personas que cuentan con características propias de categorías o grupos que históricamente han sido discriminados, marginalizados o desaventajados respecto de otros o de una mayoría en un país o región.

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Si bien, el quinto párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales a los que México está suscrito que reconocen derechos humanos, que prohíbe toda discriminación motivada en: origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, por su parte, el artículo 149 Ter del Código Penal Federal va más allá de lo establecido en la Constitución al incluir: raza, color de piel, lengua, origen nacional o social, condición económica, embarazo, opiniones políticas; todas admisibles bajo la fórmula “cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

“Desde esta lógica, la tarea del Estado en el sentido de inhibir el discurso de odio o discriminatorio debe avanzar hacia la generación de un debate donde participen diversos actores y grupos sociales, además de generar políticas públicas que promuevan la representación y acceso de grupos históricamente marginados en los medios de comunicación y plataformas de información”, define la diputada panista.

“Cuando servidores públicos, funcionarios partidistas o personajes públicos en cual cualquier medio, realicen todas las formas o expresiones que difundan ideas que promuevan, fomenten, justifiquen o inciten al discurso de odio”, define la modificación al artículo 149 Ter del Código Penal Federal.


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