Justicia y amenaza

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Durante las décadas de los ochenta y noventa, tras una ola de delincuencia común y la irrupción del mercado ilegal de las drogas, cobró carta de naturalización el enfoque esencialmente punitivo para el control social de las conductas y, en particular, para inducir al cumplimiento de la ley. Según este enfoque, la motivación principal de las personas a obedecer o desobedecer la ley está asociada al cálculo racional y autointeresado de los costos y beneficios de una u otra conducta. Así pues, para disuadir el delito se requiere aumentar las penas y la probabilidad de aplicarlas, esto es, aumentar los costos de la conducta ilegal.

Desde entonces, las políticas de seguridad y de justicia responden a la combinación entre, por una parte, el uso intensivo de la fuerza pública —con el fin de aumentar la probabilidad de “captura” del delincuente— y, por otra, castigos sistemáticamente más severos, especialmente largos periodos en prisión y, por supuesto, la pena de muerte. En pocas palabras: más policías en la calle y más personas en la prisión o en las salas de ejecución letal, como estrategia de disuasión.

El problema es que la ecuación no ha resultado eficaz. Diversos estudios empíricos empiezan a demostrar que no hay una causalidad directa y eficiente entre la reducción en las tasas de delitos y el aumento de penas o el despliegue mayor de fuerza pública. Esos mismos datos muestran que los cambios de comportamientos delictivos son multifactoriales, pero que entre las diversas variables que entran en juego, la amenaza punitiva tiene un muy pobre rendimiento disuasivo. Peor aún, hay ciertos indicadores que sugieren que el enfoque punitivo es, en realidad, contraproducente: ha crecido de manera notable la población penitenciaria —particularmente entre jóvenes, personas en situación de pobreza y minorías raciales— con la frustración de planes de vida y entornos familiares que eso supone; crece la hostilidad entre ciudadanos y autoridades, en tanto que sus interacciones están basadas en amenazas antes que en confianza, con los consecuentes efectos en la gobernabilidad y en la capacidad de las autoridades de arbitrar conflictos sociales. La ecuación, en síntesis, ha resultado social y económicamente costosa y escasamente eficaz para alcanzar el objetivo de asegurar un entorno estable de seguridad.

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En contrapartida, en la última década ha surgido evidencia de que hay alternativas más eficientes. Tom R. Tyler, profesor de sicología en la escuela de derecho de la Universidad de Nueva York, ha desquebrajado la premisa central del enfoque punitivo (Why people obey the law, Princeton University Press, 2006): a través de un estudio de experiencias, actitudes y comportamientos practicados en Chicago, ha dado soporte a la intuición de que los comportamientos respetuosos de la ley pueden ser inducidos a través de la activación de motivaciones internas, esto es, de una suerte de sentido de lo correcto y de lo justo. Tyler, por tanto, plantea una ruta diferente al racional de costos y beneficios: la interiorización de razones para cumplir la ley y obedecer a la autoridad. Y esa interiorización es posible, dice Tyler, a través de la modificación de los términos de la relación entre la autoridad y las personas, de tal suerte que éstas perciban como correctas y justas sus determinaciones. Policías que muestren respeto por la persona, jueces que individualicen la decisión de justicia a las particularidades del caso, políticas que abran el abanico de la intervención para atender las necesidades y riesgos objetivos, por encima de la mecánica binaria entre libertad o prisión.

En el piso 18 de un edificio de apariencia ochentera, en el centro comercial de Manhattan, a unas cuantas cuadras de la incansable y bulliciosa intersección de Times Square, reside una organización sin fines de lucro que tiene como misión desarrollar modelos de justicia más humanos, racionales, pero eficaces para reducir el crimen y la reincidencia (www.courtinnovation.org). Un grupo de actuarios, abogados y científicos sociales construyen instrumentos cognitivos para orientar la toma de decisiones en los sistemas de justicia, de esas decisiones que afectan nada más que a la libertad personal. Prueban, todos los días, sus hipótesis en cortes comunitarias o “de resolución de problemas”, instaladas en las zonas de mayor conflictividad social. Están convencidos de que la prisión es mala idea y, como tal, debe ser recurso de ultima ratio. Por eso ensayan con tratamientos a adicciones, trabajo social, terapias clínicas y otras sanciones alternativas. En sus cortes la reincidencia ha caído notablemente. Y se ha reducido precisamente porque un trato distinto del sistema de justicia y respuesta proporcionales e idóneas a las condiciones criminológicas subyacentes, detonan motivaciones internas más fuertes que el miedo a perder la libertad. La prueba plástica de que no todo está perdido.


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