El acuerdo nuclear con Irán una oportunidad para la paz

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El histórico acuerdo nuclear alcanzado recientemente en Viena entre los miembros del denominado P5+1 (EU, China, Rusia, RU, Francia —miembros permanentes del Consejo de Seguridad [CS] de la ONU— más Alemania) e Irán ha entrado en una etapa decisiva. Mañana lunes el CS de la ONU votará la resolución mediante la cual buena parte de las sanciones que pesan sobre el país comenzarán a levantarse, como dispone el acuerdo, a cambio de una disminución importante del enriquecimiento de uranio a través de la suspensión de las centrifugadoras operantes en territorio iraní así como de la autorización a la AIEA para la operación de mecanismos estrictos de vigilancia.

Esto implica que las resoluciones del Consejo, que establecían severas sanciones en represalia por el desarrollo de un programa nuclear poco transparente y al que se atribuyeron potenciales fines contrarios al Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) de 1968, dejarán de implementarse en función de las certificaciones que la propia AIEA vaya emitiendo sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos. En efecto, las resoluciones 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008) y 1929 (2010), impusieron sanciones políticas, comerciales y financieras que no sólo afectaron, la producción de uranio y la fabricación de misiles balísticos sino distintos aspectos de la economía iraní en su conjunto, incluida la transferencia de tecnología y la venta de petróleo y productos petroquímicos a buena parte de los mercados internacionales.

A pesar de las críticas y el escepticismo que despierta este acuerdo en distintos actores de la política internacional, es claro que la tesis según la cual las armas nucleares son necesarias para la seguridad mundial está perdiendo adeptos. Y es que la paz y la supervivencia de la humanidad no pueden seguir dependiendo de la amenaza de su propia destrucción sino de nuevas negociaciones multilaterales para ampliar los regímenes de no proliferación, las zonas libres de armas nucleares y, en general, la codificación del derecho internacional para su eventual y gradual proscripción. El acuerdo, al impedir que Irán produzca material radioactivo suficiente para desarrollar armas nucleares, deja un testimonio no sólo de la pertinencia de las negociaciones multilaterales como mecanismos generadores de confianza  y del destacado papel que los organismos internacionales como la AIEA y el propio CS, mantienen en la superación de conflictos complejos, sino que también demuestra la relevancia actual de la agenda del desarme y la desnuclearización. Evidentemente el acuerdo de Viena, cuya trascendencia ha sido ya equiparada por algunos expertos con los acuerdos de paz de Camp David que sellaron la paz entre Egipto e Israel a finales de los años setenta, acerca al mundo al viejo objetivo de construir una Zona Libre de Armas Nucleares en Oriente Medio. Pero, aún más importante, nos recuerda a todos que el impacto humanitario de las armas nucleares debe ser el eje central de nuevos esfuerzos globales en la materia. Si la comunidad internacional concretó ya regulaciones estrictas para impedir los horrores provocados por las armas químicas y las minas antipersonales, ¿por qué las armas nucleares no pueden ser susceptibles de un marco regulatorio más estricto? El acuerdo con Irán puede sentar el precedente de nuevas negociaciones para la paz que gradualmente contribuyan a hacer realidad la premisa bajo la cual se negoció el TNP: salvaguardar la seguridad de los pueblos del mundo frente a la amenaza de la guerra nuclear.

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