La experiencia nos dice que los procesos de ratificación de embajadores o cónsules carecen del rigor
Las democracias constitucionales más avanzadas se caracterizan por contar con sólidos mecanismos de control parlamentario, por generar pesos y contrapesos entre los órganos Ejecutivo y Legislativo, pero aún más allá, por establecer canales de diálogo institucional entre ambos Poderes que deriven en decisiones legítimas, en decisiones de Estado.
En apego a ese ideario de cuño liberal que soporta gran parte de nuestro sistema constitucional, en nuestra Carta Magna se establece una relación entre el Senado de la República y el Ejecutivo federal que no se limita a la función legislativa, sino que refleja además en una serie de procedimientos democráticos de colaboración y de rendición de cuentas, más apegados a la dinámica de un Estado parlamentario que a la de un sistema presidencial.
En ese contexto, el procedimiento para la ratificación de embajadores y cónsules que tiene como facultad exclusiva el Senado de la República reviste una importancia de primer orden para el diseño de la política exterior mexicana; precisamente porque ésta, al formar parte de los grandes objetivos de nuestro sistema constitucional, también debe adquirir el componente democrático que sólo otorga la legitimidad del escrutinio parlamentario.
Lamentablemente, este vital proceso de análisis y ratificación en sede parlamentaria muchas veces se ha visto opacado por prácticas e insuficiencias reglamentarias que impiden al Senado realizar el estudio, valoración y resolución que demanda una facultad constitucional como ésta.
La experiencia nos dice que los procesos de ratificación de embajadores o cónsules carecen del rigor y la base jurídica requerida para contar con elementos de juicio necesarios que permitan a los legisladores tomar una decisión clara respecto al perfil y las capacidades del postulante, lo que ha generado que personas con escasa experiencia diplomática, con reputación cuestionable en relación con su desempeño previo en posiciones semejantes, o bien, provenientes de actividades alejadas del terreno diplomático y consular, hayan ocupado u ocupen la representación de nuestro país en el exterior.
Pero lo más grave es que, aunado a esa falta de sustento jurídico claro para realizar el proceso de ratificación, el Presidente de la República suele incurrir en enviar al Senado gran número de nombramientos que no cumplen con las necesidades de la función diplomática. En lo que va de esta administración, ya son 24 nombramientos políticos, los que podrían extenderse a 36 con las propuestas de recién ingreso al Senado.
Frente a la existencia de estas prácticas y omisiones que han redundado en perjuicio de la conducción de la política exterior mexicana, junto con la senadora Laura Angélica Rojas, he decidido presentar una iniciativa de reforma para expedir la Ley Reglamentaria de las fracciones II del artículo 76 y VII del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de crear un marco procedimental transparente para la ratificación de estos cargos diplomáticos.
Con esta propuesta buscamos reducir la tendencia del Ejecutivo en nombrar perfiles dudosamente idóneos de acuerdo con las exigencias de la rama diplomática, para lo cual buscamos incorporar que en los nombramientos que envié el Ejecutivo se ofrezcan las razones fundamentales para considerar al designado merecedor del cargo.
En aras de transparentar y hacer más serios los procedimientos de análisis, proponemos convocar a las comparecencias correspondientes a expertos, académicos, representantes de organizaciones de la sociedad civil y ex diplomáticos para acompañar los procesos de evaluación. En esa misma línea, bajo estándares de rendición de cuentas y combate a la corrupción, el designado además deberá presentar una declaración de intereses, lo que permitirá al órgano legislativo y a la ciudadanía en general conocer los impedimentos que tendría el aspirante.
Si queremos una política exterior seria y responsable, pongamos la mira en el papel que nuestras representaciones diplomáticas desempeñan, tarea que comienza desde el proceso por el cual el Estado mexicano toma la decisión de nombrar y ratificar a las personas encargadas de realizar esta encomienda. El diálogo institucional entre el Poder Ejecutivo y el Senado para concretar las designaciones diplomáticas requiere de las mejores condiciones legales para favorecer la transparencia y la rendición de cuentas, a la altura de los ideales democráticos que fundan y sostienen —o al menos deberían de hacerlo— a nuestra sociedad política.
There is no ads to display, Please add some