Teles por votos

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La oposición pecó de ingenuidad. La intención de acelerar la transición digital terrestre para recuperar espectro radioeléctrico, aumentar el número de oferentes del servicio de radiodifusión, crear una red pública compartida de telecomunicaciones y albergar en el futuro tecnologías de banda ancha, encandiló los reflejos mínimos de la desconfianza. La efervescencia de someter a los monopolios y recuperar la rectoría del Estado desactivó el cálculo estratégico de los competidores: las salvaguardas frente a la tentación de sacar tajada, los moduladores que evitan que se altere el tablero del juego, los equilibrios que hacen posible la convivencia. La reforma constitucional hizo coincidir el apagón analógico y, por tanto, la necesaria conversión de los dispositivos receptores y decodificadores de la nueva señal digital con el proceso electoral de 2015. Así pues, la oposición otorgó al gobierno federal la ventaja de la coartada: para cumplir con los plazos y garantizar que todos los mexicanos tengan acceso al servicio público de televisión en la fecha en la que habrá de suspenderse el uso de la banda en la que se transmite una parte de las señales analógicas, el gobierno federal debe repartir poco más de 13 millones de pantallas planas, en zonas de alta y media marginación en las que se concentra el grueso de los beneficiarios tradicionales de las políticas sociales, entre familias que no pueden costear la sustitución de dispositivos, entre un importante universo de electores.

Al error en la elección del momento en el que debe operar la transición digital deben sumarse un par de descuidos que pasarán factura a los partidos de oposición. En primer lugar, el régimen transitorio de la reforma constitucional no optó por una política específica de transición digital, sino que dejó al gobierno federal un margen importante de configuración de dicha política. Es falso que la reforma se hubiere decantado por el reparto masivo de televisiones. En ningún lugar de su texto se le mandata a comprar pantallas de tales o cuales dimensiones y a regalarlas. Pero es igualmente cierto que el poder revisor de la Constitución no reparó en reglas para moldear y controlar que la política de transición respondiera inequívocamente a criterios de eficiencia y de imparcialidad. Renunciamos a regular y, en contrapartida, optamos por una cláusula abierta que ha derivado en una estrategia de clara intencionalidad electoral.

En segundo lugar, los partidos de oposición, al momento de aprobar los recursos presupuestales para implementar la política de transición, perdimos nuevamente la oportunidad de cerrar esa brecha de discrecionalidad. El salto a la tecnología digital pudo haberse dado con alternativas más baratas, como por ejemplo a través de la distribución de equipos decodificadores aptos para cualquier televisión tradicional, o a través de programas de acceso a productos financieros para la sustitución de dispositivos receptores, entre otras. El Congreso, y en particular la Cámara de Diputados, cuenta con atribuciones suficientes para perfilar una política de transición racional, eficaz y austera, y también para limitar la aplicación de recursos en contextos electorales. Exactamente lo que hizo el PRI hace unos años cuando combatió jurídica y políticamente la transición digital terrestre y evitó a toda costa que la administración anterior hiciese de esa política un instrumento para conseguir votos.

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Queda, para la oposición, una batalla ineludible: el litigio estratégico ante los órganos electorales, administrativos y jurisdiccionales, para suspender la entrega de televisiones durante la campaña electoral. Existe base constitucional y legal suficiente. Desde la tensa elección de 2006, y más destacadamente a partir de la reforma de 2007-2008, la institucionalidad electoral ha incorporado un conjunto de antídotos para atemperar la influencia del dinero extralegal y la acción de los aparatos gubernativos. Se elevó a rango constitucional el principio de imparcialidad y se le ha dado importantes —e inacabados— desdoblamientos en las leyes secundarias y en la doctrina jurisdiccional, tales como la prohibición de promoción personalizada de servidores públicos, la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental, obras, programas, materiales o beneficios que alteren o incidan en la voluntad electiva de los ciudadanos o que impliquen una ventaja indebida a favor de partidos políticos o candidatos.

Y, por supuesto, el INE y el Tribunal Electoral tienen en el caso del reparto de televisiones con el logo de Mover a México una prueba de imparcialidad. En el entendido de que la reforma constitucional en ningún modo obliga a regalar televisiones de forma indiscriminada y mucho menos a asociarla a la imagen institucional del actual gobierno, deben ponderar el daño potencial a la equidad en la competencia electoral que puede provocar no intervenir a tiempo. Debemos blindar el proceso electoral de cualquier riesgo o amenaza, como la inseguridad prevaleciente en ciertas zonas del país o la infiltración del crimen organizado. Pero también, debemos evitar cualquier distorsión generada por el dinero y por la intromisión de los gobiernos, sea cual sea el partido que los hubiese postulado. De eso dependerá, sin duda, la legitimidad del proceso y las posibilidades de pacificación política tras el veredicto de las urnas.


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