Sobrerrepresentación

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Por: Marcos Pérez Esquer

Técnicamente es un asunto complejo, pero para no darle muchas vueltas, el tema ahora tan llevado y traído de la sobrerrepresentación legislativa no significa otra cosa que el hecho de que una fuerza política tenga mayor porcentaje de curules en el parlamento, que el porcentaje de votos que obtuvo en las urnas.

Desde luego, uno esperaría que, si un partido político obtuvo un 40% de los votos en las urnas de todo el país, obtuviera mas o menos el 40% de las curules en la Cámara de Diputados, que si obtuvo el 30% de los votos, que tenga el 30% de las curules, y así. Sin embargo, esto no sucede porque 300 diputaciones son electas por el principio de mayoría relativa, de tal suerte que, en ese segmento de diputaciones, solo gana el que obtuvo la mayoría de votos, por lo que los ciudadanos que votaron por otra opción, se quedan sin representación alguna.

Para eso entran en juego las otras 200 diputaciones, las de representación proporcional, también conocidas como plurinominales. Estas, al ser asignadas a los partidos en función del porcentaje de votos que obtuvieron en las urnas, ayudan a corregir la desviación que generan aquellas. Si las 500 diputaciones se eligieran por la vía plurinominal, la conformación de la Cámara de Diputados sería exactamente representativa de la voluntad popular, pero al jugar ambos principios, el de mayoría relativa y el de representación proporcional, la representatividad de cada fuerza política se distorsiona; al final, algunos partidos quedan subrrepresentados (con menos curules de las que les corresponderían en función de sus votos obtenidos en las urnas), y otros quedan sobrerrepresentados.

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Por ello, se establecieron en la Constitución dos topes a la sobrerrepresentación. Por un lado, ningún partido puede acumular más de 300 diputaciones, es decir, si un partido ganara en los 300 distritos en los que se divide el país, no tendría derecho a recibir ni un solo espacio plurinominal. Y por otro lado, ningún partido puede tener más de un 8% de sobrerrepresentación, es decir, nadie puede detentar más del 8% de exceso de curules respecto del porcentaje de votos alcanzado en la elección.

Sin embargo, pronto los partidos se percataron de que mediante alianzas se podían burlar estas reglas. Bastaba registrar como candidato de un partido pequeño a un militante del partido grande, para que, a la hora de la asignación de plurinominales, ese candidato ganador no contase para los topes de las 300 diputaciones y del 8%. Así le hizo el PRI con el PVEM en 2015 con los llamados “diputados sandía”, por aquello de que eran verdes por fuera, pero rojos por dentro, en alusión a que eran priístas haciéndose pasar por verdes. En esa ocasión el PRI obtuvo un 9.7% de sobrerrepresentación con 8 diputaciones de más, es decir, violando el tope constitucional por un 1.7%.

Pero fue Morena la que en 2018 se voló la barda; registrando militantes morenistas como candidatos del PT o del PES, logaron violar el tope constitucional del 8% por casi el doble (15.7%), y obteniendo 39 diputaciones ilegítimas. ¿Cómo es esto?, pues muy fácil, Morena fue en alianza en 292 de los 300 distritos, y en 8 jugó sola; ganó en 212 de la alianza y en los 8 en que iba sola, es decir, obtuvo 220 triunfos (sus aliados no ganaron ni un solo distrito), pero el acuerdo de alianza asignaba 58 distritos al PT y 56 al PES (aunque muchas de estas candidaturas eran encabezadas por morenistas, no por petistas o pesistas), de tal suerte que los triunfos de estos morenistas que habían sido registrados como petistas o pesistas, no jugaban para el tope de sobrerrepresentación de Morena. Por eso ocurrió que habiendo obtenido el 43.6% de los votos, la 4T tuviere el 61.6% de las curules.

Ante este “modelo de defraudación electoral”, como lo llamó Pablo Gómez en 2015, -quién más tarde, en 2018, jugó como petista siendo morenista-, el INE emitió un acuerdo -ya confirmado por el Trife-, con los lineamientos para evitar que algo así vuelva a ocurrir en 2021. Curioso que tanto Morena como AMLO salieran a denostar esta decisión, desde mi punto de vista eso es una confesión de parte, pero en fin.

En adelante, para asignar plurinominales, se tomará en cuenta la militancia efectiva de las y los candidatos ganadores, sin importar por qué partido se supone que compitieron, es decir, si el candidato milita en Morena, contará como triunfo de Morena aunque el pacto de coalición diga que es un espacio del PT. Las personas que no militen, serán contadas como señale el convenio. Con estas simples reglas, se atajará en buena medida el fenómeno pernicioso de la sobrerrepresentación, que insisto, no es otra cosa que una burla a la voluntad popular expresada en las urnas.


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