Legalidad 1, bloqueos y marchas 0

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El fallo de la SCJN sobre las controversias a la Ley de Movilidad ha sentado un precedente.

Tu derecho a protestar públicamente no está por encima de mi derecho a transitar libremente. Así lo ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Ambos son derechos humanos consagrados en la Constitución y pueden coexistir, para lo cual deben ser reglamentados.

El fallo de la SCJN sobre las controversias a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México ha sentado el precedente para que se discuta de qué forma se armonizará la coexistencia de ambos derechos. Una victoria en favor de las mayorías sin detrimento de las minorías y de su derecho a manifestarse.

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El jueves, la Corte determinó que es constitucional que los manifestantes den aviso, por lo menos 48 horas antes, de su protesta a la Secretaría de Seguridad Pública para que ésta tome las previsiones correspondientes, pero el no hacerlo no convierte a la protesta en ilegal. Nunca se ha puesto a consideración la legalidad de la protesta pública.

Y también determinó que los manifestantes no podrán bloquear de ninguna manera vialidades primarias de circulación continua y de acceso controlado, es decir, estableció en dos actos el derecho a la protesta pública, pero las limitaciones de ésta para que no se impida el libre tránsito.

Equivocados están los extremistas que buscan que las marchas anulen por completo la movilidad de quienes no comparten su malestar, así como errados están al asegurar que la regulación de las marchas es una prohibición de las mismas.

Estamos ante el momento de buscar una legislación nacional e incluso locales para armonizar. En el Senado de la República, la legisladora Mariana Gómez del Campo ha sido una de las promotoras de esta regulación: garantizar que los ciudadanos se movilicen mientras la protesta pública se realiza. Armonización.

Una legislación de alcance nacional en materia de protesta pública hoy pondría a salvo a comunidades y ciudades enteras que son secuestradas con el cierre de carreteras. Pondría límites a los abusos de la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación (CNTE) con bloqueos que dañan la economía y a los ciudadanos, lejos de un beneficio que en su imaginario sólo ellos suponen.

Hoy la Corte ha demostrado con su fallo ser un tribunal progresista y de avanzada; sensible a uno de los problemas actuales de la sociedad y del cual adolecen muchas comunidades en distintos estados del país.

Dejemos de lado por un momento las marchas de la ciudad que, en efecto, contribuyen al caos y al tránsito vehicular. Pensemos en cambio en las comunidades aisladas por el secuestro de las vías públicas en estados como Chiapas y Oaxaca, donde se ha perdido la paz por el derecho de un grupo a manifestarse que se ha impuesto al libre tránsito de los demás.

La discusión en el máximo tribunal del país deja abierto el debate y pasa la responsabilidad al Legislativo. Es momento de discutir y reglamentar. Marchas y movilidad conviviendo. Coexistiendo. Los derechos de todos respetados y jamás violentados.


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