Violaciones flagrantes

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De alguna forma, la corrupción es hija de la impunidad, pero esta última tiene padre: el Estado.

Mi deber es hacer cumplir la ley no sólo con medidas del resorte de la autoridad, sino con el ejemplo.
Benito Juárez

Todos clamamos por la aplicación del Estado de derecho, pero cada vez se amplía más la brecha entre lo que la ley dice y lo que en la realidad acontece. No me voy a referir a los escándalos de corrupción o a los crímenes no sancionados, sino a cuatro casos concretos que reflejan en plenitud la irresponsabilidad de quienes, al ocupar un cargo, no asumen su deber, el cual se sintetiza en la protesta de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen.

Primer caso. El Presidente de la República asistió a la 50º Reunión de la Conago y atestiguó la designación de varios gobernadores en distintas tareas. El presidente saliente (Eruviel Ávila) de esta organización —sin personalidad jurídica ni artículo que regule su funcionamiento— “tiró la casa por la ventana” para halagar y expresar su adhesión y apoyo al titular del Ejecutivo federal. Lo formal mata lo esencial. Me recordó a aquellas solemnes e inútiles ceremonias cada 5 de febrero del gobierno de José López Portillo en las que se hablaba de la “Reunión de la República”.

De alguna forma, la corrupción es hija de la impunidad, pero esta última tiene padre: el Estado. ¿Puede haber acaso atropello mayor que el de los ejecutivos estatales y el federal asistiendo a una ceremonia totalmente contraria a nuestros ordenamientos jurídicos? Recordemos que el Senado representa a las entidades federativas. Por lo tanto, hay invasión de competencia del Ejecutivo a las funciones del Legislativo.

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La organización de estas reuniones —producto de una mera obsesión por el simulacro y la apariencia— implica un gasto de decenas o centenas de millones de pesos provenientes de las arcas públicas para una institución que jurídicamente no existe, lo cual constituye un delito. Agréguese, además, su improductividad.

Segundo caso. La fracción VIII del artículo 73 de la Constitución señala que “ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos…”. Esta prohibición del ámbito federal, pero también aplicable a los estados, ha sido ostentosamente ignorada, como puede confirmarse en el brutal endeudamiento de todo el sector público.

Tercer caso. La inutilidad de la tan cacareada Asamblea Constituyente, cuando los poderes de la Ciudad de México ya están constituidos. El artículo 122 de nuestra Carta Magna establece lo fundamental. Cualquier agregado es simplemente floritura demagógica para impulsar la candidatura de Miguel Ángel Mancera y satisfacer la vanidad de Porfirio Muñoz Ledo. Ambos empeños son inicuos e inocuos.

Cuarto caso. En la delegación Miguel Hidalgo se presenta un ejemplo claro de subsidiariedad. Es decir, un asunto que debe ser resuelto por la autoridad (normativa, política o económica) más próxima al objeto del problema. La figura del city manager no está haciendo el papel de autoridad, sino el de un particular en un Estado de derecho endeble. Por eso el debate se torna interesante. Ante autoridades incapaces de aplicar la ley, se incurre en la prohibición de hacer justicia por propia mano. Los ciudadanos están suplantando al Estado, fenómeno cada vez más recurrente en todo el país.

Diversos juristas han venido utilizando una expresión acertada: “patriotismo constitucional”, que consiste en el rigor y la convicción de todo servidor público para cumplir con el documento fundamental. Ahí está la falla. No hay evidencia plena de que el gobernante asuma deberes. En esa situación, es muy difícil que prevalezca el respeto a la ley.


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