La supermayoría parlamentaria alcanzada por la oposición venezolana en las elecciones del pasado 6 de diciembre tiene cada vez menos poder.
Cuando está a punto de cumplir dos meses de su entrada en funciones, la Asamblea Nacional ha sufrido tres reveses a manos del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que han afectado sus facultades.
Al parecer, se está haciendo realidad el choque de trenes institucional que muchos previeron cuando, poco después de perder las elecciones parlamentarias en diciembre, el oficialismo se apresuró a nombrar 13 nuevos magistrados en el TSJ.
La medida fue polémica no sólo por haberse dado en sesiones extraordinarias durante el asueto navideño sino porque algunos de los magistrados tenían vínculos con el chavismo.
La última de las decisiones del TSJ en detrimento de la AN fue una sentencia anunciada esta misma semana que redujo sensiblemente la capacidad del Legislativo venezolano de controlar al resto de poderes públicos, así como a las Fuerzas Armadas.
La sentencia llega justo cuando la oposición en la AN se dispone a abrir diversas investigaciones sobre casos de corrupción y había citado a declarar a diversos funcionarios, para lo que está habilitada por la Constitución.
«Es una sentencia inválida, inexistente, no vinculante», dijo el presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup, durante su intervención en el pleno de la Cámara este jueves.
Ramos Allup insistió en afirmar que la sentencia del Supremo «no existe», ya que, aseguró, «viola su propio reglamento». La firman cuatro magistrados cuando según el titular de la AN debieron ser cinco.
«Garante de la paz»
Pero Diosdado Cabello, considerado el número dos del chavismo, defendió la sentencia del TSJ afirmando que los miembros de esa institución son víctimas de una campaña de desprestigio que busca vulnerar el sistema de justicia venezolano.
«Es el Tribunal Supremo de Justicia, con las decisiones que se están tomando, el garante de la paz en el país», afirmó el miércoles en la noche durante su programa de televisión «Con el mazo dando».
La sentencia del TSJ limita la potestad de control de la AN al «Gobierno y la Administración Pública Nacional» y niega que pueda ejercerse sobre otros órganos del poder público como el Poder Ciudadano, el Poder Judicial y el Poder Electoral.
Además, establece que el control sobre el Gobierno debe realizarse en coordinación con el vicepresidente Ejecutivo.
En cuanto a las interpelaciones de funcionarios públicos, la Sala Constitucional dice que la Asamblea debe permitir «a los funcionarios que comparecen, solicitar y contestar, de ser posible, por escrito, las inquietudes que formule la Asamblea Nacional o sus comisiones».
De igual modo, establece que el control del Legislativo sobre la Fuerza Armada se realizará únicamente a través del presidente de la República, por su condición de comandante en jefe, pero sólo durante la presentación anual de la memoria de gestión del mandatario.
Magistrados inamovibles
Otro punto que causó polémica reside en que establece que la AN no puede revisar los procesos anteriores de selección de magistrados del TSJ, por cuanto esto atentaría «contra la autonomía del Poder Judicial».
De esta forma, la Sala Constitucional intenta poner fin a una comisión nombrada por la nueva AN para investigar el nombramiento de los 13 nuevos magistrados realizado por el Parlamento anterior –todavía controlado por el chavismo– a finales de diciembre.
Alberto Arteaga Sánchez, exdecano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, considera que ese proceso de escogencia de magistrados fue irregular.
«Esa designación estuvo viciada: no se observaron los lapsos previstos, no se hicieron públicas las postulaciones ni se siguió el procedimiento para ello. Se trató de la sustitución de magistrados, cuya jubilación se forzó para poder hacer los nuevos nombramientos», dijo el jurista en conversación con BBC Mundo.
El abogado Juan Manuel Raffalli considera que con esta decisión el TSJ busca blindar a sus miembros. «El objetivo es que al final la Sala Constitucional, que se ha convertido en una especie de poder constituyente permanente, tenga maniatada a la Asamblea Nacional», dijo a BBC Mundo.
Raffalli afirmó que la Sala Constitucional del TSJ se extralimitó en sus funciones al reducir las potestades de control de la Asamblea Nacional, pues «la sentencia equivale a una reforma constitucional» y «la Sala no tiene esa competencia».
«Han dejado a la AN prácticamente solo con su función legislativa para que apruebe leyes. Han reducido a su mínima expresión el control político por vía de la contraloría y de las investigaciones del Parlamento. Esto implica una alteración de las disposiciones constitucionales que establecen las competencias de la AN y la deja como pintada en la pared en temas cruciales», dijo en conversación con BBC Mundo.
En declaraciones a la televisora pública Telesur, el abogado constitucionalista Enrique Tineo Suquet defendió la legalidad de la anulación por parte de la Sala Constitucional del proceso de revisión de la designación de los magistrados por parte de la AN, por considerar que se basa en la doctrina y jurisprudencia institucional existente, en el marco de la división de poderes.
Por su parte, el diputado oficialista Pedro Carreño advirtió que cuando la AN «se salga del camino de la legalidad», el oficialismo activará «los mecanismos constitucionales» y acudirá al TSJ para plantear un conflicto de competencia o para solicitar una «interpretación de la Constitución».
Potestades en mengua
Pero la aprobación esta semana de esa sentencia no es el primer conflicto entre el TSJ y la AN. El primero se produjo el 31 de diciembre pasado, incluso antes de la instalación de la nueva mayoría opositora en la AN.
Ese día, la Sala Electoral del TSJ ordenó suspender la proclamación de cuatro diputados indígenas, de los cuales tres eran opositores, mientras se tramitaba unas impugnaciones en contra de su elección.
La decisión redujo de 112 a 109 el número de parlamentarios de la oposición y puso en entredicho su supermayoría calificada de dos tercios, que le permitiría elaborar leyes orgánicas, designar a los poderes Judicial y Electoral, reformar la Constitución o convocar a una Asamblea Constituyente.
El 11 de febrero, la Sala Constitucional del TSJ declaró plenamente vigente un decreto de declaración de emergencia económica que había sido promulgado por el presidente Nicolás Maduro el 14 de enero y que la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, había rechazado.
Eso pese a que la Constitución de Venezuela establece que las declaratorias de los diferentes estados de emergencia se hacen por un decreto que debe ser sometido a la AN «para su consideración y aprobación».
El TSJ justificó la decisión porque «el control político de la Asamblea Nacional sobre los decretos que declaran estados de excepción no afecta la legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídica de los mismos».
¿Y ahora qué?
«Esto no se puede seguir viendo como una batalla jurídica. A la AN lo que le queda es tratar de activar los mecanismos de los organismos multilaterales, como la Carta Democrática Interamericana y ejercer la presión interna con el caudal de votos que tiene», dijo Juan Manuel Raffalli.
Asdrúbal Aguiar, exmagistrado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, coincide en que están dadas las condiciones para que la situación sea atendida por instancias internacionales.
«Esto significa una grave alteración del ordenamiento constitucional y democrático, para no hablar de una suerte de golpe de Estado, de acuerdo con lo previsto en la Carta Democrática Interamericana. Es una situación totalmente anormal. En la práctica está ocurriendo una suerte de disolución de la soberanía popular, una suerte de cierre de la AN», dijo Aguiar a BBC Mundo.
Consideró que el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA) debería convocar al Consejo Permanente de esa organización para valorar lo que ocurre en Venezuela y poner en marcha los mecanismos de mediación diplomática necesarios para que la situación vuelva a su cauce.
En su sesión de este jueves, la mayoría opositora de la AN dio el primer paso en esa dirección al aprobar un acuerdo legislativo que exhorte al secretario general de la OEA, Luis Almagro, a activar los mecanismos para la aplicación de la Carta Democrática Interamericana.
Sin embargo, como advirtió Raffalli, la decisión sobre la aplicación de este mecanismo previsto para actuar en casos de perturbación del orden democrático en un país es potestad de los cancilleres de los países miembros de la OEA.
Queda por ver qué harán estos.
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