Ucrania y el Consejo de Seguridad: la inacción, de nuevo…

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El Consejo de Seguridad de la ONU es el órgano mandatado por los 193 países que la integran para mantener la paz y la seguridad internacionales. Éste se conforma por quince miembros, de los cuales China, Francia, Rusia, el Reino Unido y Estados Unidos son miembros permanentes, y otros 10 son miembros no permanentes. Su diseño, por el que las decisiones deben tomarse por unanimidad por los cinco miembros permanentes, ha hecho en varias ocasiones que el Consejo de Seguridad no cumpla su responsabilidad primordial.

Ahí, como en pocos escenarios, podemos observar, una y otra vez, cómo por sobre los discursos sobre un mundo mejor, los intereses y alianzas de los cinco países con derecho de veto se imponen: hemos visto a Estados Unidos bloquear cualquier resolución sobre el avance de Israel sobre territorio palestino, o en Siria, hubo que esperar más de dos años y 120 mil muertos, llegando incluso al uso de armas químicas contra niños, mujeres y civiles, para que el uso del derecho de veto dejara de paralizar el Consejo de Seguridad.

Apenas la semana pasada volvimos a ver a este órgano imposibilitado para actuar al no aprobarse resolución alguna sobre la invasión de Rusia a Ucrania, obviamente, debido al veto de la primera. Así, después de varias infructuosas sesiones, el Consejo de Seguridad ha convocado a una sesión extraordinaria de la Asamblea General —el máximo órgano de la ONU en el que participan los 193 miembros— el día de hoy para abordar la crisis y aprobar una resolución que, a diferencia de las que el Consejo vota no será vinculante, pero al menos se podrá ver qué país está del lado de quién, esperando evidenciar el aislamiento de Rusia.

La convocatoria del Consejo de Seguridad admite su propia incapacidad para actuar diciendo “que la falta de unanimidad de sus miembros permanentes (…) ha impedido (al Consejo) ejercer su responsabilidad primaria de mantener la paz y la seguridad internacionales, decide convocar una sesión especial de emergencia de la Asamblea General…”.

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Esta situación pone de nuevo en evidencia que el diseño del Consejo de Seguridad, producto de la geopolítica del fin de la Segunda Guerra Mundial, ya no es funcional para las necesidades y las condiciones del mundo actual. Una amplia mayoría de países llevan años pugnando por una reforma al Consejo que lo vuelva más democrático, representativo y operativo.

Hay varias propuestas de reforma, como la que propone que haya más miembros permanentes, lo cual no solucionaría el problema del veto o la que Francia y México proponen en el sentido de que los miembros permanentes no ejerzan su derecho de veto en casos de atrocidades en masa, como el genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra a gran escala.

La Carta de las Naciones Unidas, en su artículo 41, establece que el “Consejo de Seguridad podrá decidir qué medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada han de emplearse para hacer efectivas sus decisiones… que podrán comprender la interrupción total o parcial de las relaciones económicas (de los Estados parte) y de las comunicaciones ferroviarias, marítimas, aéreas, postales, telegráficas, radioeléctricas y otros medios de comunicación, así como la ruptura de relaciones diplomáticas”.

Además, estipula que “Si el Consejo de Seguridad estimare que las medidas de que trata el artículo 41 pueden ser inadecuadas o han demostrado serlo, podrá ejercer, por medio de fuerzas aéreas, navales o terrestres, la acción que sea necesaria para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales, (como) demostraciones, bloqueos y otras operaciones ejecutadas por fuerzas aéreas, navales o terrestres de Miembros de las Naciones Unidas”.

El mundo espera que el máximo organismo internacional, creado después de dos guerras mundiales, precisamente para evitar una tercera, deje de ser bloqueada por un puñado de países y sirva a la humanidad entera.


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