Serrano violenta la ley

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El licenciado Joel Gallegos Legarreta, representante del PAN ante el Instituto Estatal Electoral, presentó un posicionamiento del partido ante el instituto electoral, con referencia a la violación de las leyes, por campaña anticipada y uso de los tiempos oficiales.

El licenciado Legarreta, pone énfasis en que el PAN nunca pidió que se bajaran los espectaculares del candidato priista, sino que se demostró con la ley en la mano el uso ilegal de tiempos oficiales por más de ocho días en este periodo de precampaña, lo que significa más del 25 por ciento del tiempo que por ley deben de durar las precampañas, lo cual es a todas luces una violación flagrante a la ley. Burlando con ello la equidad en el proceso

A continuación los principales párrafos del documento presentado el 20 de febrero:

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Posicionamiento del PAN.

A propósito de la alianza autorizada hoy, quisiera hacer del conocimiento de esta asamblea, y en especial a los partidos que han signado la alianza electoral, para enterarlos ante lo que estamos y a sobre todo, ante quien estamos:

El nueve de febrero del año en curso, presentamos ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, un escrito solicitando se dicten medidas cautelares, ello derivado de la difusión en radio y televisión de los promocionales denominados BIO1, con números de claves RV00099-16 (versión televisión) y RA00133-16 (versión radio), donde se promociona a ENRIQUE SERRANO ESCOBAR, hecho que enarbola un uso indebido de pauta.

Como todos aquí sabemos, el señor Serrano tiene el carácter de precandidato único del PRI a gobernador en esta entidad, de conformidad con lo que establece el artículo 92 inciso “f” de la ley Electoral del Estado de Chihuahua. La promoción personal que implica la propagación de los spots arriba aludidos, están terminantemente prohibidos por el artículo 98, fracción 5 de la referida ley comicial local.

Aún más, la difusión de la precandidatura única de Serrano Escobar, está dirigida al electorado en general y no a los Delegados de la Convención Estatal del PRI, aunque así lo diga el promocional, lo que convierte la faena, en campaña más que en precampaña. La referida maniobra no encuentra una justificación en la ley que le permita salir a promocionarse ante el electorado chihuahuense, aunque su precandidatura no haya sido ratificada por la referida convención delegacional.

Es esta ramplona acción de Enrique Serrano, un verdadero acto anticipado de campaña electoral, de conformidad con el inciso “i” de la citada ley Electoral, toda vez que se ha dirigido de manera pública al electorado mediante imágenes, grabaciones y proyecciones, todo esto antes de la fecha del inicio de las ya mencionadas campañas electorales.

Por esa razón, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, consideró bajo la apariencia del buen derecho, que Enrique Serrano Escobar al tener el carácter de precandidato único, no puede realizar una difusión masiva en radio y televisión de su candidatura.

En ese orden de ideas, mediante el acuerdo número ACQyD-INE-7/2016, la Comisión de Quejas y Denuncias del instituto Nacional Electoral, el día once de febrero de este año, resolvió en Sesión Extraordinaria Urgente de carácter privado, por unanimidad de votos, declarar procedente la adopción de las medidas cautelares planteadas, ordenando a la concesionarias de radio y televisión en un plazo que no podía exceder de veinticuatro horas, suspendan la difusión de los promocionales de Enrique Serrano Escobar. Así mismo, ordenó al Partido Revolucionario Institucional, que en un término no mayor de seis horas, sustituya el material promocional diseminado, así como cualquier otro con características similares.

Como bien se puede ver, el hecho mismo, de promoverse en contravención con el orden jurídico local, y de los criterios vertidos por órganos de la talla de mismo Instituto Nacional Electoral y la Suprema Corte, representa ya un verdadero desprecio por el orden y la legalidad. El hecho en sí es sumamente grave.

Eso es una cosa, pero el desafiar a la autoridad es otra , el desdén a una institución, es siempre un hecho ominoso y lamentable, en efecto, el Partido Revolucionario Institucional PRI hizo caso omiso de la resolución de marras, le llevó a este instituto, ocho días y algunas horas, el implementar las medidas que tajantemente le impuso la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, de los treinta días que dura la precampaña, esto es, Enrique Serrano se promocionó ilegalmente, un veinticinco por ciento, del lapso reglamentado de la multicitada precampaña.


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