La Constitución ¿texto jurídico?

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Según Peña no es norma jurídica que debe guardar y hacer guardar, sino algo lejano en el horizonte que, algún día, será observada.

La verdadera Constitución es la complicidad.

                Gabriel Zaid

 

Nuestra Carta Magna ha sido proclama, promesa, plan, proyecto, síntesis de nuestra historia, catarsis, venganza del grupo triunfador, pero no un texto jurídico riguroso acorde con una buena técnica legislativa.

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Según los historiadores, desde la Colonia el ideal de justicia se sacrificó al ritual y a la solemnidad de las formas. El derecho y el criterio de los jueces divergían notablemente; las Leyes de Indias eran uniformes para un continente de regiones diversas; se legislaba desde España, pero no se precisaba cómo aplicar esa legislación; el alegato adquirió más importancia que la prueba; los hombres de leyes, más que hacer justicia, aspiraban a conservar su empleo; en las universidades se enseñaba más cómo ser triunfadores generando una moral contrahecha; la jurisprudencia era hermana de la teología y se degeneró en casuismos que abultaban las leyes. Todo lo anterior averió el carácter de los hombres incrustados en la burocracia para hacer justicia. A lo anterior se agrega el sentimiento de que la ley no servía y que debíamos ser gobernados de manera distinta a lo que las normas jurídicas prescriben.

En la ceremonia del aniversario de la Constitución, el Presidente de la República dijo algo que corresponde a esas características: “La Constitución es nuestra ruta y nuestra meta, la Constitución es nuestra guía y en ella se inscribe nuestro proyecto de nación; hacer realidad su precepto es la prioridad de mi gobierno”. Según Peña no es norma jurídica que debe guardar y hacer guardar, sino algo lejano en el horizonte que, algún día, será observada.

Pongo tres ejemplos de su ostentoso incumplimiento:

Artículo 117 fracción I: “Los estados no pueden en ningún caso celebrar alianzas tratados o coalición con otro estado ni con las potencias extranjeras”.

La Conferencia Nacional de Gobernadores es anticonstitucional, riñe con el Pacto Federal y despoja al Senado de su función como representante de las entidades federativas. Las autoridades sólo pueden hacer lo que está plenamente definido en la ley. Ha habido más de 50 reuniones de este órgano espurio. Además de un enorme costo, no se han visto beneficios tangibles. Es muy grave que los gobernadores violen la Constitución que protestaron cumplir.

Artículo 134, párrafo octavo: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los Poderes Públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órganos de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

No es exagerado afirmar que este artículo se viola en cada poste del territorio nacional.

Artículo 124: “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados”.

La Cámara de Diputados ya aprobó poner límites a la deuda que adquieran los estados. Además de ser tardía la disposición, se está invadiendo la esfera de competencia de los Congresos locales cuya función expresa es vigilar y aprobar presupuestos y cuentas públicas de sus entidades. Es cierto, los diputados locales han sido corrompidos por los gobernadores, aprueban sus desmanes y sus abusos; sin embargo, en lugar de exigirles que cumplan con sus obligaciones, el Congreso de la Unión atropella el federalismo.

Tenemos un déficit en el funcionamiento de las instituciones, ésa es la principal falla de nuestra incipiente democracia. Sería un buen comienzo de nuestra regeneración nacional, cuando menos respetar nuestra idolatrada, pero incumplida Constitución.


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