Corte declara inconstitucional consulta del PAN sobre salario

0
455

Esta es la primera vez que la Corte aborda el tema de las consultas populares, las cuales fueron aprobadas en la reforma política de 2012 y que entraron en vigor en marzo de este año. (Jesús Quintanar)

Con seis votos a favor y cuatro en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida la consulta del PAN, con el argumento de que impactaría en los ingresos y gastos del Estado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la pregunta sobre el aumento al salario mínimo que el PAN pretendía llevar a consulta popular, esto debido a que puede impactar en los ingresos y gastos del Estado, además de que menoscaba los derechos humanos.

Con seis votos a favor y cuatro en contra, el Pleno de la Corte subrayó que el Congreso de la Unión excluyó los temas que tienen que ver con ingresos y gastos de las consultas populares.

-Publicidad-

El salario mínimo, indicaron los ministros, se desdobla en una multiplicidad de situaciones que podrían afectar directa o indirectamente el pago de cuotas y pensiones, lo que perjudicaría a otros mexicanos.

Esta es la primera vez que la Corte aborda el tema de las consultas populares, las cuales fueron aprobadas en la reforma política de 2012 y que entraron en vigor en marzo de este año, como un mecanismo de participación e intervención de los ciudadanos en la toma de las decisiones relacionadas con temas relevantes.

El ministro José Ramón Cossío Díaz puso a consideración del Pleno su proyecto, en el que se pronunció a favor de la consulta que pretendía llevar el PAN, impulsada por su presidente con licencia Gustavo Madero, y la cual fue turnada a la Corte por la Cámara de Diputados.

El PAN buscaba preguntar: ¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo que cubra todas las necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social) Coneval?

Desde el inicio de la sesión, Cossío advirtió que en caso de que la consulta resultara procedente, la Corte no se encontraba facultada para analizar las posibles consecuencias o efectos económicos, sociales o políticos que podían llegar a generarse con su realización y eventual aprobación.

El ministro dijo que él no veía ni un supuesto que impidiera la realización de la consulta, pues no atentaba contra el sistema democrático, federal o laico; porque no es materia electoral, además de que no se refiere a la seguridad nacional, ni a la organización, funcionamiento y disciplina de las fuerzas armadas, ni mucho menos restringe algún derecho humano.

Sin embargo, los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Margarita Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales se opusieron a dicha consulta.

Mañana la Corte analizará la consulta promovida por Morena que tiene que ver con la reforma energética.


There is no ads to display, Please add some

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí