Arrobar a @EPN o a cualquiera puede costar años de cárcel si pasa la #LeyFayad, alertan

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El Senador priista Omar Fayad presentó una propuesta que podría criminalizar a los 53.9 millones de internautas en el país.

Ciudad de México, 29 de octubre (SinEmbargo).- Activistas por los derechos digitales en México buscan frenar la llamada “Ley Fayad” propuesta por el Senador priista Omar Fayad Meneses para supuestamente combatir los delitos cibernéticos.

Representantes de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) acusan que la ley, lejos de regular los delitos, limita la libertad de expresión y criminaliza el uso de las redes sociales.

La Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia Informática fue presentada por el legislador el pasado 27 de octubre, sin embargo, los integrantes de esta organización que ya trabajan en coordinación con Artículo 19 y la Red por los Derechos Digitales OMG, basada en Chile, denunciaron que esta iniciativa lo que busca es “criminalizar” todo lo que los internautas hagan “on line” y “off line”.

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En México hay 53.9 millones de internautas, es decir el 43 por ciento de la población, quienes serían susceptibles de ser acusados de algún delito.

Carlos Brito, director de incidencia en R3D aseguró que con esta ley lo que se pretende es “paliar” una crisis de derechos humanos “y lo que propone en varios artículos son violaciones a los derechos humanos como generar tipos penales ambiguos que la mayoría son sancionados con cárcel”.

En el análisis realizado por la organización llamado “10 puntos clave sobre la #LeyFayad, la peor iniciativa de ley sobre Internet en la historia”, se comenta que, según con su interpretación, puede ser delito usar la computadora y tirarla a la basura.

El artículo 17 señala que “a todo aquel que dolosamente destruya, inutilice, dañe o realice cualquier acto que altere el funcionamiento de un sistema informático o alguno de sus componentes, se le impondrá una sanción de cinco a quince años de prisión y multa de hasta mil días de salario mínimo vigente”.

De acuerdo con el análisis del grupo civil, en este artículo se incluiría actualizar el software, bajar un programa o aplicación, usar la computadora de cualquier forma –que es en esencia una alteración del funcionamiento de tu sistema informático (computadora)–.

También “destruir” o “inutilizar” un sistema informático es delito, “así que no hay forma de escapar de la #LeyFayad”.

Otro ejemplo es el artículo 16, que de manera textual señala: “A toda persona que, sin la autorización correspondiente o excediendo la que le haya sido conferida, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema informático, se le impondrá una sanción de uno a ocho años de prisión y multa de ochocientos a mil días de salario mínimo vigente”.

La interpretación de R3D considera que violar los términos de uso de un sitio de Internet podría convertir al usuario en delincuente. Mentir sobre la edad al abrir un perfil en Facebook (ver cláusula 4.1) o incumplir cualquier de los términos que nadie lee cuando le da clic en “aceptar” (como tener 17 años y entrar a la página seventeen.com) también convierte al internauta en delincuente.

CUIDADO CON ARROBAR

De acuerdo con el artículo 21 señala de la ley, quien arrobe a una persona podría cometer el delito de “intimidación” e ir a la cárcel:

“A quien, a través de medios informáticos, acose, hostigue, intimide, agreda o profiera cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico en contra de usuarios de Internet, de forma reiterada y sistemática, se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a ochenta días de salario mínimo vigente”.

Otro caso que a juicio de Carlos Brito no queda muy claro es el que se refiere al terrorismo informático, ya que este ya se sanciona a través del Código Penal Federal.

“Hay delitos que se están duplicando, como el terrorismo informático, el Código Federal de Procesos Penales ya tiene el tipo penal. Lo que se está haciendo es lesionando acciones legítimas que están protegidas por las convenciones de derechos humanos”, señaló.

Los artículos 22, 23 y 24 de la #LeyFayad establecen una serie de delitos denominados “Delitos contra la Divulgación Indebida de Información de Carácter Personal”, que según el análisis amenazan gravemente el derecho a la libertad de expresión, pues impiden a cualquier persona o medio de comunicación divulgar información de interés público que sea “privada”, que no tenga “autorización” o “consentimiento de su dueño”.

“Es decir, sería delito para un periodista publicar un documento, fotografía, audio o revelar cualquier información privada de cualquier persona, aunque revele un acto de corrupción, una violación a derechos humanos o sea de cualquier otra forma de interés público, si no tiene el consentimiento de esa persona, si se trata de una comunicación ajena”.

Tener, divulgar, difundir y hasta ver un videoescándalo sería delito. Los que han publicado notas periodísticas divulgando contratos que revelan corrupción serían delincuentes, hasta los que le hayan dado retweet a la nota recibirían penas que podrían alcanzarían hasta 18 años de cárcel.

Estos artículos también buscan criminalizar severamente a alguna persona inspirada por Edward Snowden o cualquiera que se atreva a revelar información interna de interés público (whistleblowers) como casos de corrupción, impunidad o violaciones a los derechos humanos.


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