El 2 de abril de 2026, el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la ONU activó el artículo 34 de la Convención Internacional y solicitó al secretario general que remita de urgencia la situación de las desapariciones forzadas en México a la Asamblea General. Los expertos independientes consideraron que existen indicios fundados de que estos crímenes se cometen de manera generalizada o sistemática, con participación o aquiescencia de agentes estatales y grupos delictivos, y pidieron medidas de cooperación técnica, asistencia financiera y apoyo forense para prevenir, investigar y erradicar el fenómeno.
La respuesta del Gobierno mexicano, a través de las secretarías de Gobernación (SEGOB) y de Relaciones Exteriores (SRE), fue inmediata y evasiva. En un comunicado conjunto rechazaron el informe por considerarlo “tendencioso”, “parcial” y carente de rigor jurídico. Argumentaron que omite los avances institucionales logrados desde 2018, especialmente en los últimos años, y que muchas desapariciones son perpetradas por el crimen organizado sin que configuren una política estatal deliberada. El Ejecutivo lamentó que el CED no haya incorporado la información actualizada que México proporcionó antes de la resolución.
Lo más sorprendente fue la postura de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), órgano constitucionalmente autónomo. En un posicionamiento difundido horas después, la CNDH retomó casi literalmente los argumentos de SEGOB y SRE, amplificándolos. Cuestionó las conclusiones del CED por basarse en información “sesgada” de organizaciones civiles como el Centro ProDH, ignorar los esfuerzos presupuestales y técnicos del Estado en los últimos siete años y contradecirse al reconocer que la desaparición forzada ya no es política de Estado, como lo fue en la llamada Guerra Sucia. Además, consideró que la remisión a la Asamblea General reproduce “recetas internacionales fallidas” que no respetan la realidad nacional ni agotan las instancias internas.
Esta convergencia ha generado controversia. Una postura crítica sostiene que la CNDH, lejos de ejercer su rol de contralor independiente, actúa como extensión del Ejecutivo, erosionando la credibilidad de las instituciones autónomas y debilitando la protección de las víctimas. Organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos ven en ello una señal de captura institucional que prioriza la defensa de la soberanía sobre la responsabilidad frente a más de 130 mil casos registrados. Otra visión, defendida por sectores cercanos al Gobierno, afirma que la CNDH cumple su mandato al contextualizar históricamente el problema, reconocer progresos reales y evitar intervenciones externas prematuras que no abordan las causas estructurales ni los logros en búsqueda e identificación.
Una lectura intermedia reconoce que el episodio expone tensiones estructurales: la persistencia de la crisis de desapariciones pese a cambios de administración, la dificultad de distinguir responsabilidad estatal de la delictiva y los límites de la cooperación internacional en un contexto de polarización. Sin embargo, el alineamiento público entre CNDH, SEGOB y SRE plantea interrogantes sobre la efectividad real de los contrapesos institucionales cuando se trata de rendir cuentas ante organismos multilaterales.
El caso revela un dilema central en la democracia mexicana: cómo equilibrar la soberanía nacional con la obligación de garantizar verdad, justicia y reparación a miles de familias. Mientras persista la percepción de que las instituciones autónomas replican la narrativa oficial, la confianza ciudadana en los mecanismos de control se resquebraja. La discusión en la Asamblea General, si se concreta, pondrá a prueba no solo la posición del Estado mexicano, sino la fortaleza de sus órganos de derechos humanos para defenderla con independencia.

























