- El Grupo Parlamentario del PAN (GPPAN), coordinado por el diputado Pablo Fernández de Cevallos, pide reconocer en la legislación que no haya restricción en la renta o venta de inmuebles cuando se cohabita con niñas, niños o animales de compañía.
- La propuesta expuesta por la diputada Krishna Karina Romero busca que no se discrimine a una persona para renta una vivienda.
Al señalar que la renta o venta de inmuebles con frecuencia condiciona a las personas interesadas a no tener niñas, niños o animales de compañía, vulnerando su derecho a una vivienda digna y el principio de igualdad y no discriminación, la diputada Krishna Karina Romero Velázquez (PAN) propuso reconocer la cohabitación con infancias y seres sintientes en el derecho a la vivienda.
De acuerdo con su iniciativa de reforma a la Ley de Vivienda del Estado de México, presentada junto con el diputado Pablo Fernández de Cevallos González, coordinador de la bancada panista, cada día es más común encontrar en portales inmobiliarios y redes sociales anuncios con frases como: “no se aceptan niños”, “no se permiten mascotas” o “solo adultos”, que excluyen a sectores de la población como familias con niñas o niños, personas mayores o quienes conviven con animales de compañía.
En la práctica, afirmó la legisladora, esto significa que una madre sola con hijas o hijos pequeños, una pareja joven con un perro o un gato, o un adulto mayor con su animal de compañía pueden ser descartados de un contrato de arrendamiento o compraventa, no por su capacidad económica, sino por su forma de vida o composición familiar.
Para dimensionar el problema, explicó que, en el Estado de México, con 16.9 millones de habitantes, existen 4.5 millones de viviendas particulares habitadas, de las cuales más de 2.6 millones presentan carencias estructurales o de servicios básicos, lo que vulnera directamente el derecho a un hábitat adecuado. Además, el 18.5 por ciento de las viviendas propias carece de título de propiedad.
La propuesta plantea que las disposiciones de la ley mencionada deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social, de modo que toda persona que resida en el Estado de México, sin importar su origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social o económica, estado de salud, religión, opiniones, preferencias o estado civil, así como la cohabitación con infancias y seres sintientes, pueda ejercer plenamente su derecho constitucional a una vivienda digna y decorosa.



























