Tras sufrir una mujer embarazada un diagnóstico temprano, el personal del Hospital General «Tacuba» (HG-Tacuba) del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en la Ciudad de México no le proporcionó un tratamiento oportuno. En consecuencia, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 28/2025.
Al ser diagnosticada con presión arterial alta, la víctima fue ingresada y, a pesar de mencionar que habían pasado 18 años desde su primer embarazo, se le practicó un «parto normal». Durante el proceso, el menor nació sin movimiento ni llanto, siendo trasladado a la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN), donde se diagnosticaron múltiples afecciones graves. Posteriormente, fue reingresado al HG-Tacuba por fiebre alta, pero sin un diagnóstico claro, falleciendo el 3 de febrero debido a un deterioro progresivo.
Desde el punto de vista médico de la Comisión Nacional, concluyó que las complicaciones de la víctima se debieron a una inadecuada atención materna, cuando personal médico de Tococirugía, inició manejo antihipertensivo e inductoconducción del parto sin solicitar la depuración de proteínas en orina de 24 horas, lo que habría permitido un diagnóstico certero de preeclampsia o la activación de un protocolo preoperatorio adecuado, considerando los riesgos asociados (edad materna, 18 años de intergénesis e hipertensión arterial).
Esta omisión condujo al desarrollo del síndrome hipóxico-isquémico fetal y a la asfixia perinatal, resultando en secuelas neurológicas y pulmonares irreversibles en el producto, tales como parálisis cerebral, síndrome de West y broncodisplasia pulmonar.
Este organismo concluyó que se violaron los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez, en agravio de la persona menor de edad, debido a la falta de atención adecuada durante el parto, el manejo inadecuado de sus complicaciones y la ausencia de un seguimiento oportuno en su cuidado médico.
Al respecto, la CNDH ordenó al ISSSTE colaborar en la investigación administrativa contra la servidora involucrada y realizar, en un plazo de seis meses, un curso integral de derechos humanos y protección a la salud dirigido al personal médico del HG-Tacuba. Asimismo, se debe emitir una circular en dos meses para supervisar el correcto uso de las guías clínicas en el diagnóstico y manejo de complicaciones obstétricas, y designar a un enlace de alto nivel para dar seguimiento al cumplimiento de todas estas medidas.
La violencia obstétrica constituye un daño significativo para las mujeres, ya que no solo impacta su salud física y emocional, sino también sus planes de vida y los de sus seres queridos. Por ello, es fundamental que el ISSSTE, en conjunto con esta Comisión, analice y optimice los protocolos de atención para garantizar la máxima protección y respeto hacia las mujeres.
La Recomendación 28/2025 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.
 















