martes, enero 20, 2026
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Batres Impone Polémica en Suprema Corte

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La reciente sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), celebrada el 19 de enero de 2026, ha destacado las tensiones internas derivadas de la reforma judicial de 2024, que introdujo la elección popular de ministros. En el centro del debate se encuentra la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien presentó un proyecto sobre la revisión de sentencias emitidas por las extintas salas de la Corte anterior. El documento, aprobado en general, generó controversia por el párrafo 52, que alude a la «cosa juzgada fraudulenta», una figura que podría permitir reabrir casos cerrados si se demuestra fraude procesal grave. Esta disposición ha sido interpretada por críticos como un mecanismo para cuestionar decisiones pasadas, potencialmente erosionando la certeza jurídica que garantiza la estabilidad de los fallos definitivos.

Batres, conocida por su alineación con cierta ideología y su trayectoria en el movimiento de la Cuarta Transformación, defendió la inclusión del párrafo argumentando que prioriza la justicia sustantiva sobre formalismos procesales. En su visión, esta herramienta podría corregir irregularidades históricas en sentencias, como aquellas vinculadas a deudas fiscales o litigios tributarios, donde persisten sospechas de manipulación. Sus defensores, incluyendo sectores afines al gobierno federal, ven en esto un avance hacia una judicatura más responsable ante la sociedad, permitiendo rectificar abusos del pasado y alineando la Corte con demandas populares de equidad. Sin embargo, esta postura invita a la polémica al sugerir que ideologías personales podrían prevalecer sobre el consenso institucional, cuestionando si la Corte actúa como garante imparcial o como instrumento de revisión política.

Por el contrario, opositores dentro y fuera de la Corte, como las ministras Yasmín Esquivel y María Estela Ríos, y el ministro Giovanni Figueroa, votaron en contra del párrafo, argumentando que viola el principio de cosa juzgada, pilar de la seguridad jurídica. Especialistas advierten que reabrir casos cerrados podría generar inestabilidad legal, abrir puertas a revisiones arbitrarias y socavar la confianza en el sistema judicial, especialmente en un contexto posreforma donde la Corte busca legitimidad. La negativa de Batres a suprimir el párrafo, pese a una mayoría de seis votos en contra, exacerbó el conflicto, retrasando la resolución y exponiendo divisiones internas. Esto ha llevado a acusaciones de imposición ideológica, donde la «necedad» de una ministra prevalece sobre decisiones colectivas.

El presidente Hugo Aguilar Ortiz, electo en junio de 2025 como el más votado en las primeras elecciones judiciales, ha sido criticado por su manejo de la sesión. Su aparente tibieza al no imponer orden ni forzar el cumplimiento de la mayoría ha alimentado percepciones de debilidad de liderazgo, permitiendo que el debate se prolongue y genere un engrose con notas aclaratorias en lugar de una resolución limpia. Analistas destacan que esta dinámica podría fracturar la cohesión de la nueva Corte, integrada por figuras como Batres, Esquivel y Ortiz, y cuestionar su capacidad para equilibrar justicia con estabilidad legal.

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En última instancia, el episodio subraya un dilema mayor: ¿debe la Corte priorizar la corrección de presuntos fraudes a costa de principios tradicionales, o preservar la inmutabilidad de fallos para mantener la predictibilidad? Mientras Batres mantiene el párrafo, argumentando no prejuzgar futuras interpretaciones, el debate invita a reflexionar sobre si esta aproximación fortalece la responsabilidad judicial o introduce inseguridad que podría afectar inversiones y derechos adquiridos. La resolución final, con un fallo que descarta revisiones generales pero deja abierta la puerta a casos fraudulentos, podría sentar precedentes controvertidos en un Poder Judicial en transición.

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