CNDH emite Recomendación al IMSS por persona adulta mayor que acudió a la UMF-181 durante un año sin recibir un tratamiento preciso

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Una persona adulta mayor acudió durante un año a más de diez citas médicas en la Unidad de Medicina Familiar No. 181, en Chalco, Estado de México, para tratarse malestares intestinales, sin que las personas médicas tratantes la diagnosticaran con certeza y efectividad. Por ello la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 60/2025 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Entre el 13 de octubre de 2022 y el 10 de octubre de 2023, la víctima recibió por parte de tres personas médicas diversos diagnósticos y tratamientos, que no fueron oportunos ni adecuados para la condición que presentaba y que no mejoraron su salud. Ninguno de esas acciones se basó en estudios clínicos y no se refirió a la víctima a consultas con otros servicios médicos, como los de Gastroenterología, Coloproctología o Cirugía de Colon y Recto, a efecto de que se emitiera un diagnóstico y tratamiento idóneo al que la víctima tenía derecho.

No obstante que la víctima recurrentemente presentaba cuadros con signos de alarma que indicaban una posible enfermedad subyacente más grave y que al paso del tiempo no presentaba mejoría, el personal médico no suspendió los tratamientos empíricos, sino que continuó tratándola con fármacos, lo que fue inadecuado e incluso riesgoso, ya que debió evitar prescribir medicamentos hasta confirmar el origen de sus padecimientos.

Además de no mejorar su estado de salud, con el transcurso del tiempo la víctima se fue deteriorando y debilitando, lo que derivó en una caída que le ocasionó fractura de cadera. 

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Dado que la víctima continuó presentando los malestares descritos, sus familiares la llevaron al Hospital General de Zona No. 71 del IMSS el 26 de enero de 2024, donde la valoraron en Urgencias. Al día siguiente, la hospitalizaron en el Servicio de Medicina interna con pronóstico malo para la vida. A pesar de que la atención que recibió fue correcta, lamentablemente falleció el 31 de enero de ese año en dicho centro médico.

Por esto hechos, la CNDH exigió al IMSS la reparación integral del daño a cuatro familiares de la víctima, que incluya la medida de compensación y la atención psicológica y/o tanatológica. Además, deberá colaborar en el seguimiento y presentación de la vista administrativa que esta CNDH presentará ante el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS contra las personas servidoras públicas involucradas en los hechos.

Asimismo, el IMSS impartirá al personal médico adscrito a los servicios de Consulta Externa y de Urgencias de la UMF 181 un curso integral en materia de derechos humanos. Dicho personal establecerá las medidas de supervisión necesarias para la aplicación de las recomendaciones contenidas en la bibliografía médica especializada vigente e internacionalmente aceptada.

La Recomendación 60/2025 ya fue debidamente notificada y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.


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