Poder Judicial bajo ataque en México: así terminaron con su independencia

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El informe «La independencia judicial en jaque. Ataques al Poder Judicial en México, 2018-2024» editado por la Fundación para la Justicia, que abarca el período de 2018 a 2024, examina los ataques retóricos e institucionales dirigidos al Poder Judicial Federal (PJF) por parte de los poderes Ejecutivo y Legislativo en México. Este análisis se basa en el estudio de conferencias presidenciales y sesiones legislativas, identificando cuatro categorías principales de ataques: deslegitimación, separación de poderes, presupuesto y salarios, y reforma judicial.

El informe concluye que estas acciones culminaron en la reforma judicial de 2024, la cual se considera una transformación radical que compromete la independencia y profesionalismo del PJF, introduciendo la elección popular de jueces y un Tribunal de Disciplina Judicial, lo que ha generado preocupación entre organismos nacionales e internacionales por sus implicaciones para el Estado de derecho y la democracia en México.

Transformación

La reforma judicial de 2024 ha transformado de manera radical la independencia y el funcionamiento del Poder Judicial de la Federación (PJF) en México, poniéndolos en riesgo. Esta reforma representa una profunda transformación del régimen político, pues estipula la elección por voto popular directo de todas las personas juzgadoras del país, desde ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), hasta magistrados(as) y jueces y juezas de distrito y locales.

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Los principales cambios y sus impactos en la independencia y el funcionamiento del PJF son los siguientes:

  • Elección popular de personas juzgadoras:

    • La reforma de 2024 introduce un modelo sin precedentes a nivel mundial, ya que ningún país elige a la totalidad de sus jueces mediante voto popular. Países como Bolivia eligen solo a los integrantes de las altas cortes, y en Japón los jueces son nombrados y luego ratificados por voto popular una sola vez, mientras que en Estados Unidos solo algunos estados eligen jueces locales por esta vía.
    • La selección de candidaturas judiciales ha quedado en manos de las élites políticas, ya que el artículo 96, párrafo segundo, de la Constitución establece que los Poderes de la Unión postularán el número de candidaturas que corresponda a cada cargo. Esto significa que tres comités de evaluación designados libremente por el Ejecutivo, Legislativo y Judicial realizarán la selección, lo cual difiere de un concurso de oposición basado en méritos.
    • Este proceso ha llevado a que el partido en el poder, MORENA, dominara la selección de candidaturas, incluyendo las que constitucionalmente correspondían al Poder Judicial, amparándose en una interpretación controvertida del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
    • La falta de filtros técnicos y mecanismos autónomos de evaluación ha permitido el avance de candidaturas con claras vinculaciones a partidos políticos, agrupaciones religiosas e incluso al crimen organizado, lo que compromete la integridad del sistema judicial.
    • Los requisitos para postularse son sumamente laxos, requiriendo únicamente título en derecho y experiencia profesional de cinco años para ministros y tres años para jueces o magistraturas, además de cartas de recomendación y «buena reputación». Esto reduce los estándares de profesionalismo y rompe con lo establecido en normativas internacionales como el Estatuto del Juez Iberoamericano.
    • Las candidaturas tienen prohibido recibir financiamiento público o privado para sus campañas, lo que incentiva la operación de estructuras partidistas o ilegales en la sombra y desventaja a quienes no tienen redes clientelares o de poder.
    • Se cambió la duración en el cargo de un sistema fijo y escalonado (15 años para ministros y permanencia por carrera judicial para magistrados y jueces) a un sistema de elección popular, con y sin reelección respectivamente.
    • Las elecciones judiciales se celebrarán el mismo día que las elecciones federales ordinarias. Esta sincronía somete a los cargos judiciales a los mismos ciclos político-electorales que el Ejecutivo y el Legislativo, lo que abre la puerta a que el partido político con mayor fuerza electoral imponga una mayoría afín en el Poder Judicial.
    • La posibilidad de reelección para magistrados de circuito y jueces de distrito añade un incentivo adicional a la politización, ya que su continuidad podría depender del respaldo de fuerzas políticas dominantes.
    • Este diseño reduce drásticamente los contrapesos entre poderes y debilita la independencia judicial. Se percibe como una «simulación electoral» o «autoritarismo electoral», donde las elecciones se celebran pero los resultados ya están definidos a favor del gobierno.
  • Creación del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ):

    • La reforma sustituye al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por el TDJ y un Órgano de Administración Judicial.
    • El TDJ tiene amplias facultades para investigar, sancionar y destituir a jueces y magistrados, así como solicitar información a autoridades hacendarias y bancarias.
    • Sus decisiones serán definitivas e inatacables, sin juicio ni recurso alguno en contra de ellas, lo que constituye un riesgo para las garantías procesales de las personas juzgadoras.
    • Este nuevo diseño acaba con la independencia interna de las personas juzgadoras, ya que facilita que las presiones se ejerzan de manera más directa para orientar sus sentencias.
    • El TDJ estará integrado por cinco magistrados electos por voto popular, a partir de listas propuestas por el Ejecutivo, el Congreso y la SCJN, lo que politiza un ámbito que requiere independencia técnica y profesional.
  • Nueva “carrera judicial”:

    • La reforma desmantela el CJF y crea un «Órgano de administración judicial», encargado de la carrera judicial, el ingreso, permanencia, inspección, formación y evaluación del personal.
    • La nueva legislación excluye explícitamente a magistrados(as) de circuito y jueces(zas) de distrito del sistema profesional de ascenso basado en mérito, evaluación y trayectoria.
    • Esto desnaturaliza el concepto de carrera judicial, debilita los incentivos para la formación y experiencia profesional, y puede provocar una fuga de talento y una menor calidad en la función jurisdiccional.
    • La nueva Ley Orgánica del PJF de 2025 establece que las personas titulares de tribunales y juzgados conformarán sus equipos con el 50% de integrantes de carrera judicial y el otro 50% por designación de personal de confianza. Además, las secretarias(os) proyectistas serán de confianza.
    • Este nuevo arreglo erosiona el principio de mérito y abre la puerta a la reproducción del nepotismo en los tribunales intermedios del PJF.
    • La destitución masiva de más de 1,600 personas juzgadoras federales con amplia trayectoria y experiencia jurisdiccional, para ser sustituidas por personas con solo tres años de experiencia jurídica, pone en jaque el sistema de justicia y los derechos de los justiciables.

En resumen, la reforma judicial de 2024 convierte al PJF en una institución políticamente dependiente, sin un sistema de carrera judicial que prepare y evalúe el perfil profesional de las futuras personas juzgadoras, y con menos poder para revisar la constitucionalidad de las leyes. Estas modificaciones facilitan que los jueces emitan sentencias que «simplemente reflejen los deseos del gobierno», debilitando la independencia judicial y el Estado de Derecho en México.

Hacia el autoritarismo

El daño más grave que sufrió el Poder Judicial de la Federación (PJF) debido a los ataques retóricos e institucionales descritos en el informe es su transformación radical en una institución políticamente dependiente, lo que compromete gravemente su independencia y profesionalismo, debilita el Estado de Derecho y, en última instancia, empuja a México hacia el autoritarismo.

Este informe subraya que la reforma judicial de 2024 constituye una «transformación radical y profunda del régimen político», cuyo objetivo final es desactivar al Poder Judicial como un contrapeso efectivo del poder político. La politización de la justicia es un resultado directo, donde el control de la justicia se ejerce desde el poder político, desvirtuando la función contramayoritaria del PJF.

Los principales mecanismos que concretan este grave daño son:

  • La elección popular directa de todas las personas juzgadoras: Esta medida es calificada como «sin precedentes a nivel mundial» y una «mala idea». Se argumenta que, lejos de mejorar el acceso a la justicia o democratizar el Poder Judicial, el proceso de selección de candidaturas ha quedado en manos de las élites políticas, permitiendo que el partido en el poder (MORENA) dominara la selección, incluso sobre las candidaturas que correspondían al Poder Judicial. Esto ha facilitado el avance de candidaturas con vínculos a partidos políticos, agrupaciones religiosas e incluso al crimen organizado, lo que compromete la integridad del sistema judicial. Además, al someter los cargos judiciales a los mismos ciclos político-electorales que el Ejecutivo y el Legislativo, se abre la puerta a que el partido con mayor fuerza electoral imponga una mayoría afín en el Poder Judicial, reduciendo drásticamente los contrapesos entre poderes y debilitando la independencia judicial. La reforma convierte las elecciones en una «simulación electoral» o «autoritarismo electoral», donde los resultados ya están definidos a favor del gobierno.

  • La creación del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ): Este nuevo órgano sustituye al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y tiene «amplias facultades para investigar, sancionar y destituir a jueces y magistrados». Sus decisiones son «definitivas e inatacables», sin juicio ni recurso alguno. Este diseño acaba con la independencia interna de las personas juzgadoras, ya que facilita que las presiones se ejerzan de manera más directa para orientar sus sentencias. La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED) lo ha calificado como un «tribunal de la inquisición judicial» que coarta la libertad de criterio.

  • El desmantelamiento de la «carrera judicial» profesional y la destitución masiva de juzgadores: La reforma elimina el sistema profesional de ascenso basado en mérito, evaluación y trayectoria para magistrados y jueces de distrito. Esto «desnaturaliza el concepto mismo de carrera judicial» y debilita los incentivos para la formación y experiencia profesional, lo que podría provocar una «fuga de talento y una menor calidad en la función jurisdiccional». La nueva Ley Orgánica del PJF permite que las personas titulares conformen sus equipos con personal de confianza, lo que erosiona el principio de mérito y abre la puerta a la reproducción del nepotismo. Un impacto directo de esta reforma fue la destitución masiva de más de 1,600 personas juzgadoras federales con amplia trayectoria y experiencia, lo que «pone en jaque al sistema de justicia y a los derechos de los justiciables».

En conjunto, estos cambios han llevado a que el PJF se convierta en una institución menos capaz de actuar como contrapeso y de revisar la constitucionalidad de las leyes de manera imparcial, facilitando que los jueces «simplemente reflejen los deseos del gobierno». La consecuencia es que la «independencia judicial» y el «Estado de Derecho» se vean gravemente comprometidos, llevando a México por un camino hacia un régimen más autoritario.


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