Una persona que padecía de cálculos en la vesícula biliar falleció en el Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza” debido a diversas omisiones del personal médico; además, no se proporcionó información oportuna a los familiares; por ello la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 64/2025 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en la Ciudad de México.
Las personas médicas que atendieron a la víctima omitieron iniciar manejo médico de la infección que se extendió por todo su cuerpo, indicar la toma de cultivos y tomografía abdominal, solicitar interconsulta a los servicios de Infectología y de Nefrología, iniciar terapia hídrica y de antimicrobiano y colocar catéter venoso central. Tampoco gestionaron el ingreso de la víctima a la Unidad de Cuidados Intensivos posterior a la cirugía ante los datos de fuerte infección, ni cambiaron el tipo de cirugía a pesar de que no habían tenido éxito con la que le practicaron.
Estas circunstancias culminaron en la violación de los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, ya que condicionaron que no se realizaran las medidas diagnósticas y terapéuticas adecuadas y oportunas que ameritaba la víctima, es decir, contribuyeron al deterioro en su estado de salud y posterior defunción.
Por esto hechos, la CNDH exigió al ISSSTE que proceda a la inmediata reparación integral del daño causado a dos familiares de la víctima, la cual incluya la medida de compensación y atención psicológica y/o tanatológica. Además, se exhortó al ISSSTE a que colabore en el trámite y seguimiento del expediente administrativo y que imparta un curso especializado en derechos humanos, así como en la normatividad y procedimientos aplicables a casos como el descrito.
El personal de los servicios de Urgencias del HR tomará dicho curso y establecerá medidas de supervisión para cumplir con la normatividad y procedimientos aplicables a casos como el descrito, así como para la integración del expediente clínico y adecuada atención médica.
Para la CNDH, estos puntos recomendatorios son importantes para que las personas disfruten de una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel de salud. El Estado Mexicano tiene la obligación de respetar ese derecho y dar una efectividad real, garantizando servicios médicos en condiciones de: disponibilidad y accesibilidad, física y económica; así como el acceso a la información, aceptabilidad y calidad.
La Recomendación 64/2025 ya fue debidamente notificada y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.
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