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	<title>Juan Antonio García Villa &#8211; Re-Evolución</title>
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	<description>Opinión y Análisis de la Política Mexicana</description>
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	<title>Juan Antonio García Villa &#8211; Re-Evolución</title>
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		<title>La propaganda en el proceso revocatorio</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/la-propaganda-en-el-proceso-revocatorio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Feb 2022 11:40:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[AMLO]]></category>
		<category><![CDATA[revocación de mandato]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Después de no pocos jaloneos de diverso tipo, finalmente fue emitida y publicada en el Diario Oficial, el pasado lunes 7 de febrero, la Convocatoria del INE para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, es decir, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Después de no pocos jaloneos de diverso tipo, finalmente fue emitida y publicada en el Diario Oficial, el pasado lunes 7 de febrero, la Convocatoria del INE para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, es decir, de López Obrador. Por “pérdida de la confianza”, según dice la Constitución.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La votación correspondiente tendrá lugar el domingo 10 de abril próximo, por cierto Domingo de Ramos. Aquí está la primera cuestión. Porque como la reforma a la Constitución que incorporó a ésta la figura de la “revocación de mandato”, se hizo cuando el actual Presidente ya llevaba un año en el cargo, y como su mandato no será de seis años sino de cinco años y diez meses, es que se estableció un calendario diferente para el caso de que en su periodo se convocara a un proceso revocatorio, como sucedió.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Tal calendario especial aparece descrito en el Cuarto Transitorio de la reforma Constitucional de 2019, que señala los tiempos de cada etapa del proceso en esta ocasión.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Si alguien hace las cuentas, resulta que la fecha de la votación debió ser el domingo 6 de marzo, no el 10 de abril. Varias veces López Obrador dijo que debía realizarse el 21 de marzo, que por cierto será lunes, para que se advierta hasta qué punto López Obrador le otorga a este proceso un valor simbólico, ritual, de  solemnidad histórica,  al pretender ligarlo a Juárez y al juarismo. Por algo será, y que desde luego nada tiene que ver con la revocación de su mandato sino con otra cosa. Fue por ello que sus partidarios estuvieron invitando a firmar para solicitar su “ratificación” en el cargo, aunque en realidad en el fondo lo que pretenden es alguna modalidad de reelección.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero el tema de este artículo es otro. Es sobre la promoción y propaganda que se puede hacer durante el proceso, que como se dijo ya inició. Hay quienes piensan y han dicho que está prohibido exponer públicamente, a través de los medios de comunicación, opiniones acerca de cómo votar el 10 de abril, e incluso sobre si se recomienda acudir, o no, a las casillas ese día.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En cierta forma hay razón para tener dudas sobre ese punto específico. Porque el texto constitucional es de alguna manera un tanto confuso, así como también la ley de la materia. Veamos:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En varios de sus pasajes, la fracción IX del artículo 35 constitucional dispone diversas restricciones sobre la promoción y propaganda a realizar durante el curso de un proceso de revocación de mandato. Prohíbe, y está bien, “el uso de recursos públicos…para fines de promoción y propaganda relacionadas con los procesos de revocación de mandato”. Asimismo, establece que durante el tiempo del proceso “deberá suspenderse toda propaganda gubernamental de cualquier orden [municipal, estatal y federal] de gobierno”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">De hecho –dice la Constitución que— todos los entes públicos, cualquiera que sea su naturaleza, “sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Disponen también la Constitución y la ley que el INE y los órganos electorales locales “serán la única instancia a cargo de la difusión” de los procesos de revocación. Claro, señalando que “la promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En el caso de los particulares, se trate de personas físicas o morales, lo único que la Constitución les prohíbe es “contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos o ciudadanas”. Pero fuera de esta limitación, no hay para los particulares ninguna otra restricción.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En consecuencia, los particulares sí pueden hacer uso de la prensa escrita, de las redes sociales y en general de cualquier otro medio de comunicación, siempre que no sea la radio ni la televisión, para opinar y aun hacer propaganda en uno u otro sentido durante el proceso de revocación de mandato. Claro, con sus propios recursos y de ninguna manera con fondos públicos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En forma un tanto sorpresiva y sin tener sustento constitucional, la Ley Federal de Revocación de Mandato, en vigor desde el 15 de septiembre del año pasado, establece en su artículo 32 disposiciones muy extrañas, por decir lo menos, acerca de la promoción en sí del proceso de revocación y de la propaganda que en torno a éste les está permitido hacer a los partidos políticos. Punto a abordar en próxima ocasión.</p>
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		<title>El costo de la simulación democrática</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/el-costo-de-la-simulacion-democratica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Feb 2022 13:20:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[Democracia]]></category>
		<category><![CDATA[Giovanni Sartori]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Hoy en día la democracia es un concepto muy popular. Todo el mundo se ostenta ferviente demócrata, presume de ser fiel demócrata. Pero muchos no tienen siquiera la menor idea acerca del contenido del concepto. Y quizá ni les importe tenerlo. Sin embargo, nadie desconoce que es políticamente incorrecto asumirse [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hoy en día la democracia es un concepto muy popular. Todo el mundo se ostenta ferviente demócrata, presume de ser fiel demócrata. Pero muchos no tienen siquiera la menor idea acerca del contenido del concepto. Y quizá ni les importe tenerlo. Sin embargo, nadie desconoce que es políticamente incorrecto asumirse como enemigo o contrario a la democracia. Bien se sabe que esto sería un suicidio.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero no siempre fue así. En su “Teoría de la Democracia” Giovanni Sartori afirma que por una serie de circunstancias, en las que por cierto lamentablemente no profundiza, durante un tiempo la democracia cayó en memorable descrédito. Sin que sea el tiempo histórico al que Sartori se refiere, esto se confirma con un ejemplo relativamente reciente con sólo revisar la literatura política &#8211;y aun las simples noticias periodísticas&#8211; entre ambas Guerras Mundiales. Prácticamente durante tal periodo, con notorias excepciones, como siempre las hay, nadie reivindicaba el sistema y las prácticas democráticas. Era la época del nazismo, los socialismos, el fascismo, los países llamados comunistas y el franquismo, que son la antítesis de la democracia.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero después de la Gran Guerra todo cambió. Ser demócrata, presumirse partidario de la democracia ahora da prestigio. Tanto que aun los países de la órbita socialista, por increíble que parezca, hasta antes de la caída del muro de Berlín casi todos ellos oficialmente se definían como “democracias populares”. Pleonasmo aparte, la verdad es que su sistema político era –sigue siendo en los casos en que tales regímenes subsisten&#8211; lo más contrario a la democracia. Pero se valen del concepto democracia, del que presumen, para tener buena imagen, al menos entre los ingenuos que les creen.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En México la Constitución establece en su artículo 40 que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una “República representativa, democrática…en todo lo concerniente a su régimen interior”. Y el siguiente numeral de la Carta Magna, el 41, dispone que los partidos políticos, a los que define como “entidades de interés público”, “tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Si la Constitución reconoce que el pueblo ha decidido constituirse en república democrática y que a su vez la participación del propio pueblo en la vida democrática se organiza a través de los partidos políticos, la conclusión lógica, obvia, es que a su vez los partidos han de funcionar conforme a los principios, formas y métodos democráticos. Sería absurdo que se les ordenara la adopción de procedimientos no democráticos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La “Ley General de Partidos Políticos”, de aplicación tanto en el ámbito federal como local, retoma los anteriores principios constitucionales y los explicita de la siguiente manera:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En su artículo 25 dispone como obligación de los partidos “ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado democrático”. Y ordena que los Estatutos de aquéllos establezcan “las normas y procedimientos democráticos para la integración y renovación de sus órganos internos” así como “para la postulación de sus candidatos” (artículo 39.1, incisos e y f).</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">¿Entonces por qué, de manera sistemática, los partidos vienen aplicando para seleccionar a sus candidatos a cargos de elección popular métodos tan poco democráticos como el dedazo, las tómbolas y las encuestas cuya principal característica es su opacidad?</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Cada vez más el ciudadano se desencanta de la democracia. A nadie debe sorprender, como escribió Giovanni Sartori que históricamente ya ha ocurrido, que aquélla caiga de nuevo en memorable desprestigio. Una señal de que ello ya ocurre es el generalizado descrédito que hoy lastra a los partidos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Para enfrentar y superar tal riesgo, ya inminente, militantes de diversas tendencias políticas están proponiendo como solución, por cuanto hace al procedimiento para la postulación de candidatos a cargos de elección popular, que tantos problemas genera, que todos los partidos simultáneamente, en una misma jornada, celebren elecciones primarias abiertas a toda la población que simpatice con cada uno de ellos. Vale la pena considerar seriamente esta iniciativa.</p>
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		<title>Ahora impresentables al servicio exterior</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/ahora-impresentables-al-servicio-exterior/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 13:05:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Hace algunos años, no muchos, se empezó a usar con especial connotación el adjetivo “impresentable”, particularmente en el ámbito de la política. Se aplica éste a personajes de perfil tortuoso, de biografía oscura, por lo general pillos o sinvergüenzas que saben aprovechar las circunstancias o valerse de la protección de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hace algunos años, no muchos, se empezó a usar con especial connotación el adjetivo “impresentable”, particularmente en el ámbito de la política. Se aplica éste a personajes de perfil tortuoso, de biografía oscura, por lo general pillos o sinvergüenzas que saben aprovechar las circunstancias o valerse de la protección de alguien poderoso para obtener beneficios, gajes o prebendas. Como cargos públicos para los que carecen de la preparación o habilidades necesarias para desempeñarlos siquiera medianamente bien.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Así, son claramente impresentables quienes recientemente anunció el presidente López Obrador que va a proponer como embajadores o cónsules generales de México en cuatro países. Es decir, que llegan impresentables de golpe, en número hasta ahora desusado a un mismo tiempo y precisamente al sector de la administración pública federal que se ha caracterizado por tener el mejor servicio profesional de carrera. No puede ser.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Es cierto que el titular del Ejecutivo tiene la facultad de nombrar (artículo 89- III de la Constitución) a los embajadores y cónsules generales. Pero también es cierto que tal facultad presidencial está sujeta a que las designaciones sean ratificadas (es la expresión que se lee en el artículo 76-II Constitucional), aprobadas (así dice el artículo 89-III) por el Senado de la República.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Como la Carta Magna no dice expresamente qué mayoría de votos requieren esas aprobaciones o ratificaciones de embajadores y cónsules generales, se entiende que son por mayoría simple de los senadores presentes cuando esas solicitudes son sometidas a votación. Mayoría que cómodamente completan los senadores de Morena, el partido del Presidente.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo relativo al personal diplomático del país, en cuanto a su ingreso al servicio, capacitación, promociones, etc., se rige por una ley denominada del Servicio Exterior Mexicano (LSEM). Este ordenamiento establece que su personal será básicamente de carrera, aunque abre la posibilidad de que excepcionalmente no lo sea. Y está bien, obviamente siempre que se trate de mexicanos de excepción por su preparación, honorabilidad y prestigio. No de exgobernadores de larga cola que como priistas favorecieron a los candidatos de Morena a sucederlos y ahora de esta manera se les retribuye su traición, de liderzuelos que más que a una embajada deberían ir a la cárcel o de personajes resentidos, borrachos y acosadores. No puede ser.</p>
<article class="default__ArticleBody-xb1qmn-2 dWHhwh article-body-wrapper">
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La LSEM establece en su artículo 19 que la designación de embajadores y cónsules generales “la hará el Presidente de la República PREFERENTEMENTE entre los miembros del servicio exterior de carrera”. Será interesante conocer las razones que López Obrador invoque para justificar ante el Senado no haber designado a personal de carrera y sí a cinco impresentables para las embajadas en España, República Dominicana, Panamá y Venezuela, y en el consulado de México en Barcelona. Seguramente no expondrá el Presidente razón alguna y de anunciarla ni remotamente podrá ser convincente.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">A su vez, el artículo 20 de la mencionada LSEM dispone que “el Instituto Matías Romero [órgano desconcentrado de la SRE cuyo objetivo es preparar al personal diplomático] ofrecerá cursos en materia de política exterior a aquellas personas que sean designadas para ser embajadores o cónsules generales y no pertenezcan al Servicio Exterior”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Por pura curiosidad, no necesariamente malsana, será interesante saber, luego de medir su nivel de conocimientos, qué cursos les ofrecerá el Instituto Matías Romero a los impresentables exgobernadores de Sinaloa, Campeche y Sonora, al turbulento agitador oaxaqueño y al ebrio-acosador. ¿O serán tan soberbios que dirán que no requieren capacitación ni curso alguno?</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo más grave es que el Presidente y una mayoría de senadores actuarán, en estos casos, con total y absoluta irresponsabilidad, pues los nombrados serán aprobados, fatalmente, por el Senado. Será más factible que los países para los que han sido propuestos los rechacen, a que no se les ratifique en el proceso interno. ¡Qué vergüenza!</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Ojalá el ciudadano-votante, cuando llegue el momento (que sin duda llegará), tenga presente éstos y otros tantos casos similares de los que a diario somos testigos.</p>
</article>
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			</item>
		<item>
		<title>¿De qué chistera salió esta iniciativa?</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/de-que-chistera-salio-esta-iniciativa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 24 Jan 2022 07:12:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[diputados]]></category>
		<category><![CDATA[iniciativa]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa En el curso de la presente semana dieron inicio las sesiones legislativas denominadas de Parlamento abierto. En el caso, sobre la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia de energía eléctrica. El lunes 17 fue el acto inaugural llevado a cabo por la Junta de Coordinación Política de la Cámara [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En el curso de la presente semana dieron inicio las sesiones legislativas denominadas de Parlamento abierto. En el caso, sobre la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia de energía eléctrica. El lunes 17 fue el acto inaugural llevado a cabo por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con la asistencia de los gobernadores que aceptaron la invitación a estar presentes, prácticamente sólo de Morena.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El programa comprende adicionalmente la realización de dieciséis sesiones, entre el propio día 17 por la tarde y el próximo 15 de febrero, ante los integrantes de la Junta de Coordinación Política y legisladores integrantes de las comisiones de dictamen a las que la referida iniciativa presidencial fue turnada.</p>
<p>El número de sesiones (pudieran explicarse como foros, mesas de trabajo o reuniones de audiencia pública) parece un número suficiente: dieciséis. Lo que no resulta pertinente o procedente es la temática programada. Como que es inconducente, que en apariencia lleva a ningún lado. Aparentan ser temas sueltos, inconexos, sin hilo conductor para iluminar debidamente los aspectos sustantivos planteados en la iniciativa de reformas a la Constitución. Como que falta al menos una sesión final, de carácter general, en la que se realice una evaluación de conjunto de las diversas aportaciones recibidas (técnicas, jurídicas, en las materias ambiental y económica, entre otras), para que el ejercicio resulte positivo y no sólo pérdida de tiempo.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Desde 1960 y hasta antes de la reforma energética de 2013 impulsada por el anterior gobierno, un pasaje del sexto párrafo del artículo 27 la Constitución decía: “Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que<b> </b><i>tenga por objeto la prestación del servicio público</i>. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dicho fin”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Del anterior texto se entendía, con toda claridad, que sólo correspondía en forma exclusiva a la Nación (es decir, al Estado) el desarrollo de las diversas actividades relativas a la industria de energía eléctrica, desde su producción hasta el suministro a los consumidores, sólo cuando se tratara de la prestación de servicio público, que era lo único que estaba vedado a los particulares. Caso contrario, no.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Luego, la reforma de 2013 excluyó la generación de electricidad como actividad exclusiva del Estado, por lo que hoy es posible que sea producida por los particulares, aun cuando esa energía eléctrica tenga como destino la prestación de servicio público.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Ahora la iniciativa presidencial propone que ese pasaje constitucional diga: “Corresponde exclusivamente a la Nación el área estratégica de la electricidad, consistente en generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica. La Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Nótese que ahora se propone eliminar totalmente a los particulares de la producción de energía eléctrica, tenga ésta como destino la prestación de servicio público, o no. En consecuencia, la regresión tiene tintes francamente cavernarios.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Parlamento abierto sobre la (contra) reforma eléctrica</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/parlamento-abierto-sobre-la-contra-reforma-electrica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Jan 2022 14:21:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[Parlamento Abierto]]></category>
		<category><![CDATA[reforma eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa El pasado 30 de septiembre el presidente López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a tres artículos (25, 27 y 28) de la Constitución, en materia de energía eléctrica. Las modificaciones que propone el Ejecutivo son de tal envergadura que implican cambios que eventualmente –de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El pasado 30 de septiembre el presidente López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a tres artículos (25, 27 y 28) de la Constitución, en materia de energía eléctrica. Las modificaciones que propone el Ejecutivo son de tal envergadura que implican cambios que eventualmente –de aprobarse&#8211;  tendrían enormes repercusiones en la economía y en general en los más diversos órdenes y actividades del país.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Al principio se observó, por parte del equipo gobernante, el propósito de acelerar el proceso legislativo de manera tal que la aprobación de su iniciativa ocurriera antes de que terminara el año 2021. Muy rápido, pues. Sin embargo, pronto el oficialismo se dio cuenta de la dificultad de lograr tal objetivo. Por dos razones. La primera, porque Morena y sus partidos aliados carecen en ambas Cámaras del Congreso de la mayoría calificada (las dos terceras partes) de diputados y senadores que requiere toda modificación al texto de la Carta Magna. Y la segunda, porque el proyecto despertó mucha inquietud y numerosas opiniones adversas.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La seguridad que al principio mostró el grupo gobernante de que la iniciativa sería aprobada con relativa rapidez, despertó en no pocos la sospecha de que un buen número de legisladores priistas y quizá de otros partidos opositores, estaban ya “arreglados” para que votaran a favor o al menos para estar ausentes en la sesión en que el dictamen se discutiera y votara, de manera tal que Morena y sus aliados, por esta vía, alcanzaran las dos terceras partes de la votación, toda vez que esta proporción se establece no sobre el número total de diputados y senadores, sino de los que estén presentes en la respectiva sesión del Pleno.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Tal versión no tuvo fundamento o algo falló. Me atrevo a pensar que más bien fue esto último, que algo falló, porque de otra manera no se explica la actitud evasiva  y reticente sobre la iniciativa de no pocos dirigentes y diputados priistas en las semanas posteriores a su presentación por López Obrador.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En la posposición del proceso legislativo sin duda influyó de manera determinante la catarata de opiniones contrarias a la iniciativa. Desde diversos ángulos se fueron expresando y por representantes de diferentes e importantes sectores, de forma tal que fueron influyendo en el ánimo de la opinión pública. Plantearon la necesidad de realizar un ejercicio de “parlamento abierto” sobre el tema, que el oficialismo de entrada rechazó. Pero finalmente no tuvo más remedio que aceptarlo.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En efecto, apenas inició la primera semana de enero y la junta de coordinación política de la Cámara de Diputados anunció la celebración del parlamento abierto solicitado. Éste consiste en la realización de audiencias públicas en las que los legisladores se reúnen con los particulares (académicos, técnicos, expertos y empresarios) interesados en exponer sus puntos de vista sobre los diversos aspectos contenidos en la propuesta de reformas a la Constitución, así como responder a los cuestionamientos que los legisladores les formulen.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El acuerdo legislativo plantea la realización de 17 reuniones. Una inicial de inauguración con la presencia de los gobernadores que atiendan a la invitación que se les hará, y 16 jornadas a efectuarse entre el 18 de enero y el 15 de febrero, en las que se abordarán aspectos específicos que la iniciativa de reforma involucra.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Se trata de un saludable ejercicio entre legisladores y ciudadanos, que sin duda puede arrojar resultados positivos –aunque parece ser que el temario no es el idóneo&#8211; siempre que haya disposición de apertura a escuchar argumentos. Si deriva en un diálogo de sordos, en una mera yuxtaposición de monólogos, será un ejercicio de simulación, frustrante y fallido. Ojalá que no.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El arte de complicar las cosas sencillas</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/el-arte-de-complicar-las-cosas-sencillas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Jan 2022 15:25:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[AMLO]]></category>
		<category><![CDATA[revocación de mandato]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Dicen que hay un dicho alemán que reza: “Si las cosas son sencillas, ¿por qué no complicarlas?”. Parece ser que en forma deliberada éste se ha aplicado a la figura de revocación de mandato en México. Hay varios datos que así lo sugieren. Porque de no ser así, ciertas cosas [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Dicen que hay un dicho alemán que reza: “Si las cosas son sencillas, ¿por qué no complicarlas?”. Parece ser que en forma deliberada éste se ha aplicado a la figura de revocación de mandato en México. Hay varios datos que así lo sugieren. Porque de no ser así, ciertas cosas resultan francamente inexplicables. A menos de que se trate, claro, de un ininteligible juego de espejos. Veamos:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Las tres principales figuras de la llamada democracia participativa, que son, a saber: la iniciativa popular, las consultas populares y la revocación de mandato, no se incorporaron a la Constitución mexicana al mismo tiempo. Primero fueron las dos inicialmente mencionadas y muy posteriormente la tercera, es decir, la revocación de mandato, que fue un año después de haberse instalado el actual gobierno, pues el correspondiente decreto de adición a la Carta Magna apareció publicado en el Diario Oficial el 20 de diciembre de 2019. Explorar la razón de tal diferimiento no tiene ahora mayor sentido y nos aparta del tema.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero sí vale la pena hacer referencia a un par de disposiciones transitorias que aparecieron en el referido decreto del 20 de diciembre de 2019.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La primera viene en el Segundo Transitorio y hace mención a que la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato, el Congreso la debió haber expedido “dentro de los 180 días siguientes”. Esto es, a más tardar el 17 de junio de 2020.</p>
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<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Sin embargo, pasaron en exceso a esa fecha los días, las semanas y aun los meses. Y nada que el Congreso emitía tal ley. Hasta que a los senadores, de repente, les entraron las urgencias. E intempestivamente, en agosto de 2021, en pleno receso legislativo, cuando el tiempo concedido por la reforma constitucional ya estaba rebasado en más de un año, en apenas dos días –el 9 y 10 de agosto— como por arte de magia aparecieron y se presentaron ante la Comisión Permanente nada menos que seis ¡sí, seis! iniciativas de Ley Federal de Revocación de Mandato.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Sus autores, todos senadores, por orden de aparición, fueron: 1. Ricardo Monreal (Morena), 2. Claudia Ruiz Massieu (PRI), 3. Damián Zepeda (PAN), 4. Ocho senadores de Movimiento Ciudadano, 5. Trece senadores de Morena, y 6. Miguel Ángel Mancera (PRD). Si iniciativas faltaban &#8230;luego sobraron. Y todo ello, de un día para el otro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Como el calendario avanzaba y se acercaban los tiempos en los que tenía que arrancar el proceso de revocación de mandato para el caso “del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024″, y ante la ausencia de una Ley aplicable, el consejo general del INE se vio en la necesidad, para dar seguridad jurídica, de emitir unos Lineamientos en la materia el 27 de agosto de 2021.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Bueno, pues hasta eso molestó a los legisladores omisos, a los que cayó mal que el INE les hiciera la tarea. Porque eso sí, serán incumplidos pero muy celosos de la honra.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Finalmente, la Ley Federal de Revocación de Mandato apareció publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 2021. Lo cual significa que para ello transcurrieron 633 días, cuando la Constitución sólo concedía al Congreso 180 días para expedirla.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Otra disposición de la reforma constitucional, contenida en el Quinto Transitorio, indica que ante un eventual proceso revocatorio a realizarse en 2022, de ser el caso, el INE cubrirá los gastos “con base en la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio y posteriores”. A su vez el Quinto Transitorio de la Ley dice que las erogaciones “serán cubiertas con los presupuestos asignados y subsecuentes”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El tema de cómo se cubrirán las erogaciones que implique la revocación de mandato ha generado mucha controversia. A la luz de los textos constitucional y legal, al menos para esta ocasión, sus disposiciones son muy claras. Es decir, debe haber presupuesto que cubra esos egresos ¿Entonces? Lo dicho: si una cosa es sencilla, ¿por qué no complicarla?</p>
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		<item>
		<title>Mentiras de la (contra) reforma eléctrica</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/mentiras-de-la-contra-reforma-electrica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 31 Dec 2021 14:58:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[reforma eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[Por Juan Antonio García Villa Los promotores de la iniciativa de reformas a la Constitución en materia de energía eléctrica, enviada a la Cámara de Diputados por el presidente López Obrador el pasado 1 de octubre, con el ánimo de ganarse la simpatía de la opinión pública incurren en una serie de falsedades. Principalmente dos. [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Los promotores de la iniciativa de reformas a la Constitución en materia de energía eléctrica, enviada a la Cámara de Diputados por el presidente López Obrador el pasado 1 de octubre, con el ánimo de ganarse la simpatía de la opinión pública incurren en una serie de falsedades. Principalmente dos. Una, que de aprobarse dichas reformas las tarifas del servicio eléctrico van a disminuir en beneficio de los usuarios, sin explicar cómo habrá de suceder eso. Y la otra, que las modificaciones a la Carta Magna en modo alguno implicarán la cancelación de las concesiones y contratos otorgadas a los particulares. Falso.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Antes de hacer referencia a la segunda mentira, cabe señalar que el artículo primero transitorio del proyecto de decreto, en caso de aprobarse, dispone que “entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, es decir, sin vacatio legis alguna. En otras palabras, de un día para el otro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Una de las modificaciones propuestas al párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución establecería que “Corresponde exclusivamente a la Nación el área estratégica de la electricidad, consistente en generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica. La Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El texto es claro: todas las fases que comprende la industria eléctrica, desde la producción (o generación) del fluido hasta su abasto o comercialización, se propone que correspondan “exclusivamente a la Nación”, concepto éste que se entiende como al gobierno federal, incluso sin distinguir si la energía es para servicio público o para el propio consumo de los particulares que la generen.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Así las cosas, el inciso a) del artículo segundo transitorio del proyecto de decreto dice a la letra: “Los permisos de generación eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad con el sector privado, se cancelan, así como las solicitudes pendientes de resolución”. Y esto, apenas el día siguiente al de la publicación del decreto.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">A su vez, el inciso g) del mismo artículo segundo transitorio señala: “La generación procedente de las modificaciones a los permisos de Autoabastecimiento que fueron otorgados en contravención a lo establecido en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, lo que constituye una ilegalidad, no será reconocida, ni adquirida por la CFE. Igualmente, la generación excedente de los Productores Independientes de Energía, derivada de permisos sobrepuestos al permiso original de la central, tampoco será reconocida”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo anterior significa que el día siguiente al de la publicación del decreto se sabrá ya, con absoluta certeza jurídica, qué electricidad habrá de ser “desconocida” bajo el supuesto de que procede de “modificaciones a los permisos de autoabastecimiento que fueron otorgados en contravención a lo establecido en la Ley” (por cierto, ¿quién lo habrá de determinar y mediante qué procedimiento?) la cual energía no podrá ser “adquirida por la CFE”; como tampoco la electricidad “excedente de los productores independientes”, derivada “de permisos sobrepuestos al permiso original de la central”. Esto, como bien sabemos, dará lugar a todo tipo de arbitrariedades y desplantes autoritarios.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Y todo ello sólo por producir energía eléctrica. Como si se tratara de un delito grave o de un enorme pecado. Se advierte a las claras el propósito del actual grupo en el poder de hacer de la electricidad un monopolio oficial, peor que el existente antes de la reforma energética de 2013, no sólo porque además propone desaparecer los órganos autónomos de control del sector, como el CENACE y la Comisión Reguladora de Energía, sino porque hasta las tarifas, incluidas las aplicables a los “usuarios finales” [según se lee en el inciso h) del citado artículo segundo transitorio] se propone sean determinadas por el propio organismo suministrador del servicio. ¿Dónde se ha visto eso? Ni en los regímenes abiertamente totalitarios.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">A los lectores les deseo que 2022 sea un venturoso año.</p>
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		<title>La (contra) reforma eléctrica; nostalgia por el pasado</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/la-contra-reforma-electrica-nostalgia-por-el-pasado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Dec 2021 15:46:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[pasado]]></category>
		<category><![CDATA[reforma eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa El 1 de octubre último el presidente López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Constitución en materia de energía eléctrica. En un principio parecía que su propuesta se sometería de inmediato a trámite, pero luego el proceso adquirió una cierta lentitud hasta quedar [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El 1 de octubre último el presidente López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Constitución en materia de energía eléctrica. En un principio parecía que su propuesta se sometería de inmediato a trámite, pero luego el proceso adquirió una cierta lentitud hasta quedar prácticamente en suspenso, como actualmente se encuentra. Ahora se ha dicho que se reactivará hasta abril.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Dos principales razones han influido para que así sea. La primera, porque en ninguna de las dos Cámaras del Congreso los legisladores afines al Presidente, es decir, los de Morena y sus partidos aliados, tienen las mayoría calificada (de las dos terceras partes de diputados y senadores) que se requiere para sacar adelante tales reformas. Y la segunda, en razón de que el alcance de las modificaciones que se proponen a la Constitución no convencen, ni por asomo, a sectores importantes de la población.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La propuesta de cambio más importante que la iniciativa presidencial comprende, es la relativa a la modificación al sexto párrafo del artículo 27 de la Constitución.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">A veces la simple transcripción literal del texto a reformarse, si es breve, dice más que mil palabras. En este caso, la redacción que tuvo ese pasaje hace más de sesenta años, cuando se realizó la llamada nacionalización de la industria eléctrica. Luego, la que se le dio en la reforma energética de 2013, y la que ahora propone la iniciativa presidencial.</p>
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<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El 29 de diciembre de 1960 se promulgó una adición al párrafo sexto de la Constitución, que dijo así:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">“Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dicho fin”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Posteriormente, más de medio siglo después, al llevarse a cabo en el sexenio de Peña Nieto la reforma energética, en diciembre de 2013, el pasaje arriba transcrito se modificó para quedar, en su texto vigente, como sigue:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">“Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Ahora, el presidente de la República propone que ese pasaje constitucional diga así:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">“Corresponde exclusivamente a la Nación el área estratégica de la electricidad, consistente en generar, conducir, transformar y abastecer energía eléctrica. La Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Es de hacerse notar que la reforma de 2013 excluyó a la generación, es decir, la producción de energía eléctrica, como actividad exclusiva del Estado; pero dejó la transmisión y la distribución de electricidad como actividades no sujetas a ser concesionadas a los particulares, aunque sí mediante contratos en los términos que establezcan las leyes secundarias.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Bueno, pues lo que ahora se pretende es retornar (en sentido de regresión) a la situación de hace más de seis décadas. Con un dato adicional que vale tener presente: la exclusión de los particulares en materia de energía eléctrica ya no sólo es cuando se trate de la prestación de servicio público, sino siempre.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Es tan ridículo esto de volver al pasado, con todo lo que ello implica, que hasta se resucitan los verbos que introdujo la modificación constitucional de 1960, al usar el verbo conducir (electricidad), desusado en el medio, en lugar de transmitir, e insistir en lo de abastecer, que es de hecho poco utilizado en la industria. A ese grado llega la nostalgia por el pasado.</p>
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		<item>
		<title>El milagro de la imagen guadalupana</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/el-milagro-de-la-imagen-guadalupana/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Dec 2021 13:42:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[guadalupana]]></category>
		<category><![CDATA[milagro]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Hace un mes se cumplieron 100 años de los hechos siguientes: La mañana del 14 de noviembre de 1921, un obrero de nombre Luciano Pérez acudió a la antigua Basílica de Guadalupe y dejó sobre el altar mayor un ramo de flores, con una carga de dinamita oculta. La bomba [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hace un mes se cumplieron 100 años de los hechos siguientes: La mañana del 14 de noviembre de 1921, un obrero de nombre Luciano Pérez acudió a la antigua Basílica de Guadalupe y dejó sobre el altar mayor un ramo de flores, con una carga de dinamita oculta. La bomba hizo explosión y los destrozos que causó fueron enormes. Quedaron muy dañados mármoles, floreros, candeleros y retorcido el latón de que estaba hecha una figura de Cristo, así como rotos los cristales de un buen número de viviendas vecinas a la Basílica. Pero inexplicablemente, a pesar de encontrarse cercana al foco de la detonación, la imagen de la guadalupana quedó intacta, así como el cristal que la cubría. ¡Increíble!</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Como bien sabemos todos, sin considerar la Navidad, que es prácticamente universal, la fecha de mayor festividad y celebración para los mexicanos es el 12 de diciembre. Ésta es tan antigua como el nacimiento mismo de la Nación. La tradición empieza a formarse apenas diez años después de la conquista española. Y su símbolo atraviesa todas las páginas de nuestro devenir. Hasta el presente.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Las cuatro apariciones de la Señora del Cielo al indio Juan Diego, en el cerrito del Tepeyac un sábado, domingo, lunes y martes de los primeros días de diciembre de 1531, no son por supuesto dogma de fe. La Iglesia no las impone como tal, aun a los mexicanos. En otras palabras, se puede ser mexicano, cristiano y buen católico, sin “creer”, según se suele decir, en la Virgen de Guadalupe y sus apariciones.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero, ¿cómo no asombrarse ante tanta grandeza? Algo extraordinario, sobrenatural, casi milagroso, hay en todo esto. Y como prueba está la estampación de la “Perfecta Virgen Santa María Madre de Dios” (como la llama el documento más antiguo que da cuenta de estos acontecimientos, el Nican Mopohua, escrito en náhuatl entre 1545 y 1550 por Antonio Valeriano, un indio culto), estampación decíamos –que no pintura- dejada de su imagen sobre la tosca tilma de Juan Diego. Varias cosas han de señalarse. Entre otras:</p>
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<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">De entrada, que esta tilma o ayate, parte de la indumentaria de Juan Diego, es una especie de capa de 1.95 metros de largo y 1.05 de ancho y está tejida no de algodón o lino y mucho menos de seda, sino ¡con fibras de maguey!, ¡sí, de maguey! como acostumbraban los indios pobres del siglo XVI. Por el material de que está hecha, se trata de una prenda burda y poco apropiada para una pintura. Y sin embrago, ahí quedó y permanece estampada la imagen guadalupana.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El primer gran misterio, que nadie logra explicar, es cómo esta pobre fibra vegetal ha podido conservarse a través de los siglos “casi como el primer día”. Esto a pesar de que los primeros 116 años estuvo expuesta directamente a los fieles, hasta que en 1647 se le cubrió con un cristal. Pareciera ser repelente al polvo, los insectos, la humedad y el humo de millones de cirios que a lo largo de los años se han encendido y consumido en el recinto en que se encuentra. Una manta de hilos de maguey cuando mucho dura veinte años.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Va un segundo dato: hacia 1936, el abad de la Basílica de Guadalupe regaló al entonces obispo de Saltillo, Jesús Ma. Echavarría, dos hilos de la tilma original. Por una serie de casualidades, ese par de fibras fue a dar a manos del famoso químico alemán Richard Kuhn, premio Nobel de su especialidad, quien luego de analizarlas concluyó que “en las dos fibras, una de color rojo y otra amarilla, no existen colorantes vegetales, ni colorantes animales, ni colorantes minerales”. Por supuesto, tampoco podrían contener pigmentos sintéticos, hoy muy utilizados en pintura y desconocidos hace cinco siglos. Entonces, sigue pendiente de explicar cómo y con qué técnica se hicieron el dibujo y la imagen de la guadalupana.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Adicionalmente, en 1929 el fotógrafo oficial de la Basílica hizo un descubrimiento sensacional: encontró reflejada en el interior de los ojos de la Virgen la silueta de un “hombre con barbas”. Por los tiempos de anticlericalismo que entonces se vivían, se le ordenó al fotógrafo guardar silencio. Pero poco después un dibujante y un pintor, de nombres José Carlos Salinas y Luis Toral, respectivamente, confirmaron plenamente el hallazgo y se apresuraron a hacer constar en acta que al efecto levantaron, la noche del 29 de mayo de 1951, que se trata de “la cabeza de Juan Diego”. Posteriormente y por métodos más modernos se ha reconfirmado la existencia de tal figura.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hace 490 años tuvieron lugar las apariciones del Tepeyac. Las evidencias que de éstas disponemos no las pudo destruir ni una potente carga de dinamita hace cien años. Como seguramente tampoco será destruido jamás el filial sentimiento guadalupano en el alma del pueblo mexicano.</p>
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		<item>
		<title>Los nueve entierros de Hernán Cortés</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/los-nueve-entierros-de-hernan-cortes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Dec 2021 13:51:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[Hernán Cortés.]]></category>
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					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa El Conquistador de México, Hernán Cortés, murió a la edad de 62 años en Castilleja de la Cuesta, cerca de Sevilla, en casa de su amigo Alonso Rodríguez de Medina. Fue el viernes 2 de diciembre de 1547. Por coincidencia, sin duda significativa coincidencia, el mismo año del nacimiento de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El Conquistador de México, Hernán Cortés, murió a la edad de 62 años en Castilleja de la Cuesta, cerca de Sevilla, en casa de su amigo Alonso Rodríguez de Medina. Fue el viernes 2 de diciembre de 1547. Por coincidencia, sin duda significativa coincidencia, el mismo año del nacimiento de Miguel de Cervantes Saavedra, el Príncipe de los Ingenios Españoles. Éste nació apenas sesenta y cinco días antes de la muerte de aquél.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Ayer se cumplieron 474 años del fallecimiento de Cortés, a quien se ha recordado a lo largo del presente 2021 no precisamente en relación con su muerte, sino por haberse cumplido el pasado 13 de agosto el quinto centenario de la toma por él de la Gran Tenochtitlan.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">A lo largo de casi cinco siglos los restos mortales del Conquistador han andado de aquí para allá, puede decirse que verdaderamente no han tenido reposo y que incluso han estado expuestos al riesgo de ser desaparecidos para siempre, lo cual finalmente y por fortuna no ocurrió.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">De Hernán Cortés se han publicado numerosas biografías, entre éstas algunas magníficas escritas por autores extranjeros. Tal vez la mejor y más completa sea la de José Luis Martínez, mexicano, aparecida en 1990, cuya investigación le llevó más de cinco años. La monumental biografía escrita por él titulada simplemente “Hernán Cortés”, está contenido en un tomo principal de casi mil páginas, más cuatro volúmenes adicionales de “Documentos Cortesianos”.</p>
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<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pues bien, José Luis Martínez da cuenta pormenorizada de nueve entierros sucesivos de los restos mortales del Conquistador. Dice al respecto que considera que hacia el final de sus días arraigó en Cortés el sentimiento de que “su tierra era ya México” y no el lugar de su nacimiento. Por ello fue que dispuso en su testamento, lo siguiente: “llevar mis huesos a la Nueva España, lo cual yo le encargo y mando [a mi sucesor] que así se haga dentro de los diez años, y antes si fuese posible, y que los lleven a la mi villa de Coyoacán y allí les den tierra en el monasterio de monjas que mando hacer y edificar”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Su primer entierro, en diciembre de 1547, fue en la cripta de la familia del duque de Medina Sidonia en la iglesia del monasterio de San Isidro del Campo, en Sevilla.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Tres años después, en 1550, se realizó la primera exhumación de sus despojos y simultáneamente el segundo entierro de los mismos, que tuvo lugar en la misma iglesia de San Isidro, en Sevilla, al cambiarlos para quedar junto al altar de Santa Catarina.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En 1566 (en 1562, según William Prescott) sus huesos fueron trasladados a la Nueva España, como fue su expreso deseo, aunque no dentro de los primeros diez años posteriores a su muerte como dejó indicado sino cuando ya habían transcurrido diecinueve. Y no para ser depositados en el monasterio de Coyoacán sino que lo fueron en la iglesia de San Francisco, en Tezcoco, donde estaban los de su madre, Catalina Pizarro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El cuarto entierro de sus huesos fue en la capilla mayor del convento de San Francisco, de la Ciudad de México, en 1629; y el quinto entierro fue en 1716 por el cambio de sus restos, en la misma iglesia, a la parte posterior del retablo mayor.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Para su sexto entierro –en 1794&#8211; sus huesos se trasladaron a la iglesia de Jesús Nazareno, contigua al Hospital de Jesús, fundado por Cortés, y quedaron colocados en un monumento situado en el presbiterio, del lado del Evangelio.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En 1823, consumada ya la Independencia, en la Cámara de Diputados se agitaron los ánimos y no faltó quien propusiera sacar los huesos de Cortés de donde se encontraban “y se arrastraran para llevarlos al quemadero de San Lázaro”. Ante tal amenaza, secretamente don Lucas Alamán hizo lo necesario para ocultarlos en la misma iglesia en el piso, bajo la tarima del altar mayor, en lo que fue su séptimo entierro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Dolido Alamán del sitio poco decoroso en que se encontraban los restos de Cortés, en septiembre de 1836 los colocó también secretamente, en un nicho en el muro del lado del Evangelio, que le pareció a don Lucas un lugar más digno y que prácticamente sólo él conocía. Fue éste el octavo entierro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Posteriormente, en 1843, don Lucas Alamán entregó a la Embajada de España un documento que se mantuvo en secreto y en el cual se daba cuenta del lugar exacto donde él había puesto en 1836 los restos del Conquistador. Cuando ya en el siglo XX, después de la Guerra Civil española, se instaló en nuestro país el gobierno de la llamada República Española en el exilio, se encontró el documento de Alamán y se informó de su hallazgo a los historiadores mexicanos Francisco de la Maza y Alberto María Carreño.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El domingo 24 de noviembre de 1946, con base en el documento de Alamán, se ubicó el lugar exacto, se hicieron las excavaciones pertinentes y efectivamente se encontró la urna con los restos de Hernán Cortés. El hallazgo causó gran revuelo. El documento secreto informaba que la familia Alamán tenía la llave de la caja que contenía la urna. Se localizó a Alfonso Alamán, joyero y bisnieto de don Lucas, quien en efecto se presentó con la llave pero “no funcionó y hubo que descerrajar la chapa”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Descubierta la urna con los restos del Conquistador y hechos los estudios del caso, se volvieron a depositar en el mismo lugar con una placa de bronce que simplemente dice: Hernán Cortés, 1485-1547. Fue éste el noveno entierro. Se supone que el último y definitivo del capitán extremeño que al final de sus días se sintió plenamente mexicano y dispuso que sus restos quedaran para siempre en estas tierras.</p>
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