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	<title>Juan Antonio García Villa &#8211; Re-Evolución</title>
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	<description>Opinión y Análisis de la Política Mexicana</description>
	<lastBuildDate>Tue, 11 Jun 2024 02:11:29 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Juan Antonio García Villa &#8211; Re-Evolución</title>
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		<title>Sin cumplir prerrequisitos la democracia es imposible</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/sin-cumplir-prerrequisitos-la-democracia-es-imposible/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Jun 2024 02:11:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
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		<category><![CDATA[elección]]></category>
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					<description><![CDATA[A menos que se considere que el mexicano es masoquista, no se entienden los resultados electorales tan abultados en favor de Claudia Sheinbaum. Desconcertante por lo abultada, de alrededor de treinta puntos, resultó la diferencia favorable a la candidata presidencial oficialista con respecto a la votación alcanzada por la aspirante opositora, Xóchitl Gálvez. Por donde [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>A menos que se considere que el mexicano es masoquista, no se entienden los resultados electorales tan abultados en favor de Claudia Sheinbaum.</em></p>
<p>Desconcertante por lo abultada, de alrededor de treinta puntos, resultó la diferencia favorable a la candidata presidencial oficialista con respecto a la votación alcanzada por la aspirante opositora, Xóchitl Gálvez. Por donde quiera que se analice la cuestión, son francamente inexplicables tales resultados. Incomprensibles porque no compaginan con la terrible situación que vive el país en materia de seguridad pública, violencia generalizada, impunidad, falta de medicamentos, pésimos servicios de salud, de educación y un larguísimo etcétera. ¿Cómo entonces comprender lo inexplicable? A menos que se considere que el mexicano padece ya un masoquismo verdaderamente de campeonato.</p>
<p>A pesar de lo complicado que parece el tema, en realidad resulta sencillo hacerlo entendible, si se atiende al previo cumplimiento de tres prerrequisitos que un auténtico régimen democrático exige.</p>
<p>Algunos teóricos alemanes contemporáneos han planteado que un sistema democrático sólo es posible si quienes componen la sociedad tienen un cierto grado de escolaridad, un determinado nivel de ingreso personal mínimo, así como instituciones maduras de corte democrático plenamente vigentes durante un determinado periodo.</p>
<p>A ese trío de requisitos se les conoce como “los tres quinces de la democracia”, A saber: 1. Quince grados de escolaridad promedio de los votantes, 2. Quince mil dólares de ingreso anual mínimo por habitante y 3. Funcionamiento debidamente consolidado, durante al menos 15 años consecutivos, de las instituciones de corte democrático, particularmente en el terreno electoral.</p>
<p>Lo anterior significa que si el votante no tiene una formación escolar suficiente que le permita no sólo estar debidamente informado acerca de lo que ocurre en la sociedad, y formarse un criterio propio acerca de las políticas gubernamentales, y en general, sobre el funcionamiento de la cosa pública, será finalmente un ciudadano susceptible de ser manipulado, en tanto, elector.</p>
<p>De manera más acentuada será su vulnerabilidad si desde el punto de vista económico el votante depende, en mayor o menor medida, de programas gubernamentales de corte clientelar consistentes en dádivas, diseñados aquellos de tal manera que quienes reciben los apoyos se ven obligados a demostrar gratitud política a la hora de votar, por sentir que pesa sobre ellos la amenaza de su retiro si no corresponden con reciprocidad, porque el caudillo no cesa de recordarles “que amor con amor se paga”.</p>
<p>Es claro que los llamados programas sociales del gobierno morenista, sin reglas de operación, sin control, sin debida focalización, jugaron un papel capital en los resultados electorales del domingo pasado. Además, por el efecto multiplicador con que esos programas han sido diseñados, para comprometer no sólo al que directamente recibe las dádivas sino también a otros miembros de la familia.</p>
<p>Y ni qué decir acerca de la ausencia de instituciones electorales fuertes y consolidadas, lamentablemente hoy inexistentes, como lo demuestra la facilidad con que se ha llevado a cabo la colonización del INE y el muy precario funcionamiento del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en particular por lo que hace a su Sala Superior, frágil, de endeble imparcialidad e incompleta desde hace más de medio año en pleno proceso electoral.</p>
<p>En fin, a la luz de lo anterior, no resultan difíciles de explicar las abultadas cifras de votos favorables al oficialismo –de Morena y sus aliados— en la elección del pasado domingo. Fueron en buena medida producto de la manipulación, la humillante extorsión derivada de las dádivas clientelares y el sometimiento y precariedad de las instituciones que condujeron el proceso electoral, instancias en las que se ha notado una clara regresión, particularmente por lo que hace al INE.</p>
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		<title>Por si pierden, ya empezó la narrativa de un fraude</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/por-si-pierden-ya-empezo-la-narrativa-de-un-fraude/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 28 Apr 2024 19:32:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[2024]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones]]></category>
		<category><![CDATA[Fraude Electoral]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
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					<description><![CDATA[Ya se va preparando una narrativa para hacer creer a la población que la eventual derrota de Morena el 2 de junio necesariamente será producto de un gran fraude electoral, “como el de 2006″. En la sesión del Consejo General del INE efectuada el jueves de la semana pasada, 18 de abril, un personaje menor [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;">
<strong>Ya se va preparando una narrativa para hacer creer a la población que la eventual derrota de Morena el 2 de junio necesariamente será producto de un gran fraude electoral, “como el de 2006″.</strong></p>
<p>En la sesión del Consejo General del INE efectuada el jueves de la semana pasada, 18 de abril, un personaje menor de la picaresca política de la más baja estofa, de apellido Noroña, que actúa ante dicho órgano colegiado como representante del grupo parlamentario de un partido aliado a Morena, personaje que suele ser utilizado como vulgar golpeador en situaciones desesperadas, hizo ante dicho órgano electoral una afirmación que debe ser desmentida.</p>
<p>Desmentida por falsa, no porque tenga importancia el estrafalario personaje que la profirió. Desmentida, además, porque todo parece indicar que forma parte de una estrategia ya decidida, ante el escenario de que Morena y sus aliados pierdan la elección del 2 de junio. Para el caso, les urge ir generando un ambiente de que sólo pueden ser derrotados si hay fraude. Como sucedió en 2006, según lo reconoció –afirman— el máximo representante entonces de la autoridad electoral, Luis Carlos Ugalde, presidente del (entonces) IFE.</p>
<p>En discusión con el consejero Jaime Rivera, del INE, en dicha sesión Noroña le recomendó que leyera el libro “Así lo viví”, escrito por Ugalde, donde éste –dice— “reconoce (que la elección presidencial de 2006) la ganó AMLO”. Le ofreció al consejero Rivera que después le daría la página donde eso se lee. Será bueno que lo haga, porque no se encuentra.</p>
<p>Por supuesto, no se trata de hacer aquí una especie de defensoría oficiosa de lo escrito por Luis Carlos Ugalde en su libro. Total, lo escrito, escrito está. Pero sí de denunciar la narrativa que ya se va preparando para hacer creer a la población que la eventual derrota de Morena el 2 de junio, necesariamente será producto de un gran fraude electoral, “como el de 2006″.</p>
<p>En su libro, Ugalde recuerda que hacia las once de la noche del día de las elecciones, el 2 de julio de 2006, dirigió por televisión un mensaje en el cual, ante lo cerrado de como se estaban presentando los resultados de los comicios, había pedido prudencia a los candidatos (Calderón, Madrazo y López Obrador) y que se abstuvieran de declararse ganadores.</p>
<p>Sin embargo, dice que no habían pasado diez minutos de la terminación de su mensaje cuando AMLO, en un hotel donde se encontraba y frente a periodistas nacionales y extranjeros, dijo que de acuerdo a los informes que él tenía de conteos rápidos estaba “cuando menos 500 mil votos arriba”.</p>
<p>Escribe al respecto Ugalde en su libro: “Meses después supe que AMLO mentía, porque el conteo rápido que le entregó su encuestadora, Ana Cristina Covarrubias, ponía a Calderón 1 punto –esto es, 400 mil votos aproximadamente—arriba. López Obrador —dice Ugalde— daba el resultado al revés de como era la realidad. Ella lo dijo en noviembre de 2006, en un seminario de encuestas organizado por el IFE. Era cierto que la propia Covarrubias había anunciado poco después de las 8 de la noche que AMLO iba arriba de Calderón, pero lo había aseverado con base en una encuesta de salida. Esa noche Covarrubias hizo también un conteo rápido, que es un ejercicio estadístico de mayor precisión, y en este, que según afirmó AMLO, lo ponía 500 mil votos arriba, en realidad era Calderón quien superaba a su adversario por 1 punto porcentual. AMLO tuvo ese conteo rápido en sus manos. Se lo entregó Covarrubias” (Así lo viví, pág. 197).</p>
<p>Como se recordará, AMLO insistió en que los errores en el llenado de las actas de escrutinio eran prueba del fraude que alegaba. Sobre este punto, Ugalde escribe: “Si se eliminan todas las actas con errores en 2006, el beneficiado sería Felipe Calderón, no López Obrador. El candidato del PAN ampliaría su ventaja casi medio millón de votos. Debido a que hubo un poco más errores en las casillas donde ganó López Obrador, que donde ganó Calderón, al eliminarse se incrementa la ventaja de este último” (pág. 284).</p>
<p>Y sobre aquello de que se realizara un nuevo recuento “voto por voto, casilla por casilla”, como exigían AMLO y sus seguidores, Ugalde escribe: “En todo caso, es probable que si se hubieran recontado las casillas donde López Obrador ganó ampliamente (pues sólo se hizo en las que triunfó Calderón), quizá la votación hubiera cambiado (pero) en beneficio del candidato del PAN” (pág. 310).</p>
<p>En ningún lado escribe Ugalde en su libro que López Obrador haya ganado la elección de 2006. Más bien dice exactamente lo contrario. Pero bueno, se trata de ir creando la versión de que en 2024 “también habrá fraude electoral”.</p>
<p><strong>LIBRO</strong></p>
<p>Este martes 30 de abril, a las 5:30 pm., en el Campus Sur de la Universidad Anáhuac, será la presentación del libro de mi autoría “El Quijote ayer, hoy y siempre”. Los comentarios correrán a cargo de Diego Fernández de Cevallos, Juan José Rodríguez Prats y Carlos García Fernández.</p>
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		<item>
		<title>El manotazo como estrategia ante la derrota</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/el-manotazo-como-estrategia-ante-la-derrota/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Apr 2024 20:15:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
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					<description><![CDATA[Cuando llegue el momento de calificar la elección presidencial, en el caso de no ganar o hacerlo con un margen mínimo, Morena dará un manotazo que impida oficializar su derrota. Por alguna razón, que de momento no se alcanza a percibir, hasta ahora todo parece indicar que los principales dirigentes de la oposición no han [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h4>Cuando llegue el momento de calificar la elección presidencial, en el caso de no ganar o hacerlo con un margen mínimo, Morena dará un manotazo que impida oficializar su derrota.</h4>
<p>Por alguna razón, que de momento no se alcanza a percibir, hasta ahora todo parece indicar que los principales dirigentes de la oposición no han caído en la cuenta de que el presidente López Obrador y sus aliados tienen ya diseñada una estrategia a seguir para la etapa final del proceso electoral, que es la relativa a la calificación de las elecciones, en particular de la presidencial.</p>
<p>En efecto, ha sido notorio el silencio y la pasividad de los dirigentes nacionales oposicionistas, incluidos los líderes parlamentarios y los coordinadores de campaña, en relación con la estrategia oficialista, cuya orquestación de hecho ya ha iniciado, como adelante veremos. Es posible que soslayar el hecho obedezca a una táctica política para no poner al descubierto algún eventual antídoto que anule la maniobra oficialista.</p>
<p>¿De qué se trata? De que cuando llegue el momento de calificar la elección presidencial, ya instaladas las nuevas legislaturas en ambas cámaras del Congreso, en el caso de no ganar esa elección o ganarla por una mínima diferencia, Morena dé un manotazo que impida oficializar su derrota.</p>
<p>El antecedente es como sigue: el artículo 99 de la Constitución General de la República establece que “la Sala Superior (del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF) realizará –dice– el cómputo final de la elección de presidente… procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de presidente electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos”.</p>
<p>De acuerdo al mismo precepto constitucional, la Sala Superior del TEPJF se integra por siete magistrados electorales, los cuales “serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte”.</p>
<p>Pues resulta que dos de los siete magistrados electorales que integran la Sala Superior concluyeron el periodo de su encargo el pasado 31 de octubre. Unos días después, la Suprema Corte presentó al Senado el par de ternas para que éste, por la mayoría calificada establecida por la Carta Magna, eligiera a los dos magistrados faltantes.</p>
<p>Ha transcurrido desde entonces casi medio año y la mayoría numérica de Morena y sus aliados literalmente han arrastrado los pies y no se ha nombrado a ni un solo magistrado. Si a más tardar el 30 de abril, en que termina el periodo ordinario de sesiones –y de hecho termina también la actual Legislatura— no los nombra, se llegará al momento de calificar la elección presidencial con una Sala Superior del TEPJF integrada por sólo cinco magistrados. Con este número, es cierto, puede esa sala sesionar válidamente.</p>
<p>Salvo cuando se trate de hacer el cómputo final de la elección presidencial, declarar que ésta ha sido válida y declarar al presidente electo, que será el candidato que haya obtenido más votos. Caso en que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los términos de su artículo 167, párrafo quinto, la Sala Superior “deberá sesionar con la presencia de por lo menos seis de sus integrantes”. ¿Cómo podrá ser esto, si sólo cuenta con cinco?</p>
<p>Algunos analistas han opinado que este obstáculo es salvable. No es cierto. Si bien la ley previene un mecanismo de sustitución cuando falte un magistrado, este mecanismo aplica cuando se trata de salas regionales del TEPJF, pero tratándose de la Sala Superior, no, cuando la falta obedezca a la “ausencia definitiva” de uno o más magistrados, concepto diferente a “vacante definitiva” o a “ausencia temporal”. La diferencia parece mínima y aun insignificante, terminológica y conceptualmente, quizá por sutil, pero no lo es, en particular si se considera que la materia electoral es de ‘estricto derecho’ y el asunto muy importante y grave, pues se trata nada menos que de la elección presidencial.</p>
<p>Por si Claudia Sheinbaum pierde la elección, o la gana por margen mínimo, fácilmente combatible mediante impugnaciones por las numerosas infracciones, irregularidades y abusos en que ha incurrido a lo largo de dos años, la coartada de Morena consistirá en señalar la inexistencia jurídica del órgano facultado para declarar válida –y ni siquiera inválida— la elección presidencial. Vendrá entonces el limbo político, que fácilmente podrá derivar en severa crisis política.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Requisitos para ser ministro de la Corte</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/requisitos-para-ser-ministro-de-la-corte/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Jan 2023 02:05:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
		<category><![CDATA[SCJN]]></category>
		<category><![CDATA[Suprema Corte de Justicia de la Nación]]></category>
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					<description><![CDATA[En México sería interesante realizar un estudio sobre los antecedentes de quienes han sido designados ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ahora que el tema está de moda, vale preguntarse qué se necesita para ser ministro de la Suprema Corte. El art. 95 de la Carta Magna enuncia seis requisitos y [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-size: 14px;">En México sería interesante realizar un estudio sobre los antecedentes de quienes han sido designados ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.</span></p>
<p>Ahora que el tema está de moda, vale preguntarse qué se necesita para ser ministro de la Suprema Corte. El art. 95 de la Carta Magna enuncia seis requisitos y algo que parece más recomendación que requisito.</p>
<p>Son requisitos de sentido común, tradicionalmente incluidos en las Constituciones del país, salvo un matiz en alguno de ellos, que hoy sorprende.</p>
<p>Para ser ministro de la SCJN se necesita, en primer lugar, “ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles” (fracc. I del art. 95).</p>
<p>El segundo requisito reza: “Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación” (fracción II). Cabe señalar que la reforma constitucional de diciembre de 1994 suprimió el límite que antes se establecía de “no tener más de 65 años de edad”.</p>
<p>La fracción III establece que se debe: “Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello”. Antes de la reforma de 1994 la antigüedad mínima que se exigía del título de abogado (expresión que usaba el texto constitucional) era de cinco años, no de diez como ahora.</p>
<p>Curiosamente, la Constitución de 1824 sólo exigía al aspirante “estar instruido en la ciencia del derecho a juicio de las legislaturas de los estados”, y en la Constitución de 1857 “a juicio de los electores”, por ser a quienes correspondía, respectivamente, hacer la propuesta y la elección de los ministros: los congresos locales y los votantes (en elección indirecta). Esto explica porqué en los debates del Constituyente de 1857 Francisco Zarco llegó al extremo de decir: “debe acabarse con el monopolio de los sabios con título”.</p>
<p>La fracción IV dice: “Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”.</p>
<p>En la fracción V se lee: “Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación”. Hasta antes de la reforma de 1994 el requisito de residencia en el país era de “los últimos cinco años, salvo en el caso de ausencia en el servicio de la República por un tiempo menor de seis meses”.</p>
<p>La reforma constitucional de 1994 adicionó la fracción VI, que ahora dice: “No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo a su nombramiento”. Aquí terminan los requisitos.</p>
<p>Finalmente, también la reforma constitucional de 1994 adicionó un último párrafo al art. 95 que a la letra dice: “Los nombramientos de los ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”.</p>
<p>El texto de ese párrafo es un tanto ambiguo al utilizar conceptos contradictorios como son el imperativo “deberán” con el término condicional “preferentemente”. Por eso, aunque sin hacer referencia a este punto concreto, el constitucionalista Elisur Arteaga escribe que “el artículo 95, en lo general, está mal redactado y es deficiente”. Y en efecto tiene varias fallas, que aquí no se mencionan por razones de espacio.</p>
<p>Si se lee con detenimiento la media docena de requisitos que para ser ministro de la SCJN establece la Constitución, se puede llegar a la conclusión de que muy probablemente los cumplen la casi totalidad del alrededor de 320 mil licenciados en derecho que con edad superior a 35 años hay en México, de acuerdo a la más reciente estadística dada a conocer por el INEGI.</p>
<p>Algo parecido a lo que Ponciano Arriaga mencionó con respecto a los cuatro o cinco mil abogados que dijo había en la República, cuando el asunto se discutió en el Constituyente de 1857.</p>
<p>Por ello debe entenderse que tales requisitos son el piso, lo mínimo –no el techo– que se ha de exigir para que alguien sea nombrado ministro de la Corte. La clave, en consecuencia, está en que a partir de estos mínimos y a través de un procedimiento idóneo las designaciones recaigan en las personas mejor preparadas y capaces, con mayor experiencia, honradez y probidad.</p>
<p>¿En qué medida hasta ahora se ha cumplido lo anterior? En 1978, cuando Jorge Carpizo publicó su libro El presidencialismo mexicano, escribió lo siguiente:</p>
<p>“En México sería interesante realizar un estudio sobre los antecedentes de quienes han sido designados ministros de la Suprema Corte de Justicia …y así llegar a establecer qué clase de nombramientos realizó cada presidente”, estudio que hasta donde se sabe no se ha realizado, o no se conoce. Pero que vale la pena hacer.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La burla del decreto interpretativo</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/la-burla-del-decreto-interpretativo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Mar 2022 03:03:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[decreto]]></category>
		<category><![CDATA[delirante]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
		<category><![CDATA[Morena]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
		<category><![CDATA[servilismo]]></category>
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					<description><![CDATA[Lo que ha hecho el partido en el poder, más que una burla ignominiosa al proceso legislativo, es una ofensa al Derecho y una afrenta a la inteligencia de los ciudadanos. De manera intempestiva, sin previo acuerdo de su junta de coordinación política y sin aparecer en el orden del día, la Cámara de Diputados [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-size: 14px;"><strong>Lo que ha hecho el partido en el poder, más que una burla ignominiosa al proceso legislativo, es una ofensa al Derecho y una afrenta a la inteligencia de los ciudadanos.</strong></span></p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">De manera intempestiva, sin previo acuerdo de su junta de coordinación política y sin aparecer en el orden del día, la Cámara de Diputados recibió durante la sesión del pasado 10 de marzo una insólita pieza legislativa. Fue ésta presentada por un diputado del partido Morena, cuyo nombre no vale la pena consignar aquí. De acuerdo a su título, se trata de una “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, Principio de Imparcialidad y Aplicación de Sanciones Contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley Federal de Revocación de Mandato”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El autor presentó su iniciativa junto con la solicitud de que en la misma sesión se le diera el “trámite de urgente y obvia resolución”, petición que desde luego obsequiaron, ¡faltaba menos!, los legisladores de su partido y demás diputados aliados, que por su número controlan esa Cámara. En consecuencia, el bodrio legislativo quedó aprobado esa misma fecha, desde luego sin previamente haber sido objeto de estudio y dictamen en comisiones, y con el carácter de minuta fue turnado de inmediato al Senado para que éste proceda de igual manera. A la hora de publicarse estas líneas es probable que ese infame decreto ya haya aparecido en el<i> Diario Oficial.</i></p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">¿Cuál es la prisa, a qué obedece la urgencia, por qué tanta precipitación? A que sin duda el oficialismo debe estar muy preocupado porque prevé muy baja participación del electorado en la votación sobre revocación del mandato del próximo 10 de abril.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Y como la Constitución y la ley establecen disposiciones bastante restrictivas en cuanto a hacerle promoción a dicho proceso revocatorio en sí y propaganda a favor de cualquiera de las dos posiciones (es decir, que se vaya o que se quede el Presidente) por parte de los partidos políticos y de las entidades gubernamentales, cualquiera que sea la naturaleza y nivel de éstas, pues entonces el camino que el oficialismo encontró fue el de expedir un decreto del Congreso para fijar el ‘alcance’ de tales normas y de esta manera burlarlas ‘legalmente’.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Debe ser tal la desesperación del Presidente y sus seguidores el avizorar que la jornada del 10 de abril será un rotundo fracaso, en función de lo que esperaban, al grado de que no han tenido el menor escrúpulo en acudir a un camino tortuoso, hasta donde se sabe sin precedente en la historia legislativa del país. Todo ello con el afán de desbocarse haciendo propaganda para lograr que en esa fecha participe 40 por ciento o más de los votantes. Y así lograr el objetivo que verdaderamente traen entre manos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Es cierto que en el pasado el priismo, particularmente en los estados, acudió a lo que se conoce como ‘fraude legislativo’, consiste éste en alterar lo aprobado por el Congreso y publicar para su observancia una versión distinta de la ley; también recurrió el priismo a la ‘fe de erratas’, es decir, a enmendar lo aprobado por los órganos legislativos con el falso argumento de que por fallas en la transcripción lo publicado en el órgano oficial de difusión no correspondía a lo realmente aprobado por el legislador.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo que ahora ha hecho el actual partido en el poder sencillamente no tiene nombre. Más que una burla ignominiosa al proceso legislativo es una ofensa al Derecho y una afrenta a la inteligencia de los ciudadanos. A reserva de exponer posteriormente de manera más amplia los argumentos que sustentan lo dicho, va un adelanto de éstos en forma telegráfica:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En primer lugar, no deja de ser significativo que los autores de la iniciativa ‘decreten la interpretación’ de un par de leyes secundarias y no de la Constitución, si esas leyes prácticamente sólo transcriben las disposiciones de la Carta Magna en la materia que tanto les preocupa. No lo hacen porque saben que no cuentan con los votos necesarios (mayoría calificada de las dos terceras partes de éstos) para ‘interpretar’ el texto constitucional.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En segundo término, el legislador no está para ‘interpretar’ las leyes sino para promover sus reformas. La función que ahora se han arrogado los diputados y senadores de Morena corresponde, por otras vías, al Poder Judicial y en el ámbito estrictamente administrativo se suele establecer –y es aceptado por la doctrina– que esa labor es propia de la autoridad competente en la órbita administrativa.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Por otro lado, como bien saben los entendidos, el llamado ‘método auténtico’ para interpretar una ley, consistente en explicar con argumentos lo que el legislador quiso decir al expedirla, corresponde más aplicarlo a los otros dos poderes y a los académicos, pero en sentido estricto no a los legisladores, salvo que lo hagan con el propósito de razonar sus propias iniciativas de reformas a la ley, y diga ésta con mayor claridad lo que originalmente pudo haber quedado oscuro o confuso.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Además, en los términos de lo establecido por el artículo 105, fracción II, de la Constitución, estando en curso el actual proceso revocatorio resulta improcedente reformar y aun ‘interpretar’ con propósitos modificatorios el marco jurídico que lo rige.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Los foros de discusión serán un falso debate</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/los-foros-de-discusion-seran-un-falso-debate/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Mar 2022 04:34:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[andrés manuel lópez obrador]]></category>
		<category><![CDATA[INE]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Federal de Revocación de Mandato]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
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					<description><![CDATA[El consejo general del INE aprobó la realización de tres foros de discusión en torno a la consulta de revocación de mandato. Dispongámonos a presenciar verdaderos ejercicios de ociosidad. Al dilecto amigo e incansable correligionario Luis Santos de la Garza, de Monterrey, en su cumpleaños 100. El consejo general del INE aprobó en sesión que [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-size: 14px;"><strong>El consejo general del INE aprobó la realización de tres foros de discusión en torno a la consulta de revocación de mandato. Dispongámonos a presenciar verdaderos ejercicios de ociosidad.</strong></span></p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph" style="text-align: right;"><i>Al dilecto amigo e incansable<br />
</i><i>correligionario Luis Santos de la Garza,<br />
</i><i>de Monterrey, en su cumpleaños 100.</i></p>
<p>El consejo general del INE aprobó en sesión que tuvo el pasado 25 de febrero, la realización de tres foros de discusión en torno a la consulta relativa a la revocación de mandato, convocada ésta para llevarse a cabo el próximo domingo 10 de abril. El primero de ellos será el viernes 25 de marzo.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Con su acuerdo el INE da cumplimiento a lo que sobre el punto establece el artículo 35 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que a la letra dice: “El Instituto (el INE) deberá organizar al menos dos foros de discusión (obviamente sobre la revocación) en medios electrónicos, donde prevalecerá la equidad entre los participantes a favor y en contra”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Según la resolución de la autoridad electoral, la modalidad y formato que esos foros tendrán será como sigue: En primer lugar, serán tres, es decir, uno más del mínimo dispuesto por la ley. El número de participantes en cada foro será de cuatro, dos en un sentido y dos en el otro.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El horario previsto para llevarlos a cabo será “entre las 17:00 y las 20:00 horas”. Claramente se advierte al respecto una cierta imprecisión. No se sabe si la primera de las horas mencionadas será la de inicio y que por ende la duración de cada foro será de tres horas, lo cual evidentemente parece excesivo. O bien que el arranque de la transmisión podrá ser en cualquier momento, según previamente se decida y anuncie, en el rango de tres horas que va de las 5 a las 8 p. m. Peor aún, no se indica a qué huso horario, de los cuatro que hay en el país, corresponden esos tiempos. Porque no son lo mismo las 5 de la tarde ni las 8 de la noche en la Ppnínsula de Yucatán que en la península de Baja California.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Por otro lado, el citado artículo 35 de la ley claramente indica que los foros de discusión se organizarán por el INE para ser transmitidos “en medio electrónicos”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Contrario a lo que dispone la ley, el acuerdo del INE señala que los multicitados foros “se transmitirán en vivo por medios digitales (<i>streaming</i>) y a través de las redes sociales del INE (Facebook-INEMéxico y Youtube-INETV), así como en las páginas y plataformas de aliados estratégicos”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La ley dice que las transmisiones serán “en medios electrónicos”. Y el acuerdo del INE habla de “medios digitales” y a través de “redes sociales”. Claramente se ve que se trata de medios de comunicación diferentes. En el primer caso, hasta donde se sabe, se refiere a la radio y a la televisión, tanto abierta como restringida; y en el segundo caso no se incluye a estos medios electrónicos. Tan no los incluye, que en el listado que hace el INE de los “medios digitales” no los cita expresamente.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">No deja de causar extrañeza que para la transmisión de dichos foros de discusión el INE excluya a la radio y a la televisión. En primer lugar, porque de ser correcta la interpretación de que a éstas se les considera medios electrónicos, se estaría incumpliendo lo ordenado por la ley.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Y en segundo lugar, porque si algún órgano del Estado mexicano dispone de amplio acceso a la radio y a la televisión, por así establecerlo tanto la Constitución como la ley, es precisamente el INE. ¿Entonces a qué obedece que al menos en esta ocasión las excluya?</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Sin embargo, los anteriores cuestionamientos en torno a los foros son francamente irrelevantes, carentes de significado, mínimos, en relación con la cuestión verdaderamente importante. ¿Cuál es ésta?</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Sucede que de acuerdo al guion o formato aprobado por el INE, en cada uno de los tres foros participarán cuatro panelistas (por cierto ya seleccionados por el propio INE). Dos de ellos para hablar a favor del siguiente enunciado (que el INE llama respuesta) que aparecerá impreso el 10 de abril en la boleta de votación: “Que se revoque el mandato (a López Obrador) por pérdida de la confianza”. Y los otros dos participantes hablarán para: “Que siga en la presidencia de la República”. En ambos casos se da por supuesto que hay que ir a votar, pues en esta premisa coinciden todos los participantes. Y la cuestión de fondo es otra.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En efecto, lo que hoy debate la mayoría de los ciudadanos mexicanos es otra cosa. No está situada su atención en lo que discutirán los panelistas. Lo que hoy se alega en las sobremesas, en los corrillos políticos, en los cafés, en las simples reuniones de amigos, entre los académicos, en las columnas periodísticas, aquí, allá y acullá, es si hay que ir a votar, o no. Esta es la verdadera cuestión.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En consecuencia, dispongámonos a presenciar pues tres falsos debates. Verdaderos ejercicios de ociosidad. Vaya pues.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Y el debate sobre los foros de discusión?</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/y-el-debate-sobre-los-foros-de-discusion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Mar 2022 02:43:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[Debate]]></category>
		<category><![CDATA[INE]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
		<category><![CDATA[revocación de mandato]]></category>
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					<description><![CDATA[El INE deberá organizar al menos dos foros de discusión sobre la revocación de mandato en medios electrónicos, donde prevalecerá la equidad entre los participantes a favor y en contra. El pasado 4 de febrero, el consejo general del INE aprobó la convocatoria a proceso de revocación de mandato, cuya votación habrá de efectuarse el [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-size: 14px;"><strong>El INE deberá organizar al menos dos foros de discusión sobre la revocación de mandato en medios electrónicos, donde prevalecerá la equidad entre los participantes a favor y en contra.</strong></span></p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El pasado 4 de febrero, el consejo general del INE aprobó la convocatoria a proceso de revocación de mandato, cuya votación habrá de efectuarse el próximo domingo 10 de abril. Será la primera vez que en México se realice un ejercicio de esta naturaleza. Requerirá por ello de una amplia labor de promoción, que constitucional y legalmente sólo corresponde realizar al INE, con el objeto de que los ciudadanos se interesen por participar en ese novedoso proceso.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El ordenamiento que regula esta materia, denominado “Ley Federal de Revocación de Mandato”, señala al efecto que corresponde al INE “iniciar la difusión de la consulta (de revocación) al día siguiente de la Convocatoria, la cual (difusión) concluirá hasta tres días previos a la fecha de la jornada” (artículo 32).</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Agrega el mismo precepto que “durante la campaña de difusión, el INE promoverá la participación de las y los ciudadanos en la revocación de mandato a través de los tiempos de radio y televisión que corresponda a la autoridad electoral”, labor de promoción que “deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos” y que en modo alguno “podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Como parte de la campaña de difusión a cargo del INE, el artículo 35 dice: “El Instituto (el INE) deberá organizar al menos dos foros de discusión en medios electrónicos, donde prevalecerá la equidad entre los participantes a favor y en contra”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pues bien, en sesión de su consejo general celebrada el pasado 25 de febrero, el INE tomó el Acuerdo de que sean tres -no dos- los foros de discusión. Santo y bueno. Pero qué malo que previamente el propio INE no haya socializado el tema, del cual ya prácticamente decidió todo, pero sin solicitar y menos aún tomar en cuenta otras opiniones y puntos de vista.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Las fechas señaladas para llevarse a cabo esos foros de discusión son las siguientes: 25 y 31 de marzo y el 3 de abril próximos. Según el Acuerdo de la autoridad electoral, “se transmitirán en vivo por medios digitales (streaming) y a través de las redes sociales del INE (Facebook INEMéxico y Youtube-INETV), así como (en) las páginas y plataformas de aliados estratégicos”. Nada se dice de transmitirlos por radio y televisión abierta. Además, el horario previsto “entre las 17:00 y las 20:00 horas”, ciertamente no parece ser el más adecuado, amén de que no precisa a qué huso horario se refiere, de los cuatro que hay en el país.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Para la selección de los panelistas participantes en los foros se tomaron en consideración por el INE una serie de “criterios de análisis” (así los llamó), entre otros: “que no sean servidores públicos o legisladores, miembros del poder judicial o de la dirigencia de algún partido político a nivel nacional o local”, “que tengan experiencia o trayectoria en ámbitos públicos como el periodismo, el análisis, el activismo o la academia”, o bien “que se hayan posicionado previamente en artículos, redes sociales o cualquier otra vía de comunicación, sobre la Revocación de Mandato, independientemente de su postura”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En cada foro tomarán parte dos panelistas a favor y dos en contra.  En el primer caso será a favor de la respuesta que vendrá en la boleta de votación: “Que se revoque el mandato (a López Obrador) por pérdida de confianza”. Serán las siguientes personas: Gilberto Lozano y Natalia Vidales, de Nuevo León y Sonora respectivamente, en el foro del 25 de marzo. En el del 31 de marzo: Jorge Goñi López y Lucía Esparza (de Coahuila), y en el del 3 de abril Luis Cárdenas y Sofía Orozco.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Y los panelistas para apoyar la otra respuesta que también aparecerá en la boleta y que dirá: “Que siga en la Presidencia de la República”, en el mismo orden serán: Julián Atilano y Juncal Solano; Isaac de la Paz y Estefanía Veloz, y Jorge Alonso Sánchez y Renata Turrent.</p>
<p>Independientemente de la idoneidad de la docena de personas seleccionadas para participar en estos foros, lo que vale la pena analizar es si el contenido de las que se llaman “preguntas” son, o no, las pertinentes. Punto que bien vale la pena analizar por separado.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>¿Revocación de mandato o aniquilacion del INE?</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/revocacion-de-mandato-o-aniquilacion-del-ine/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Mar 2022 05:15:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[INE]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
		<category><![CDATA[política]]></category>
		<category><![CDATA[revocación de mandato]]></category>
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					<description><![CDATA[Parece que el proceso revocatorio fue activado no tanto para echar del cargo al actual presidente de la República, sino para fundir al INE. Hace un mes, cualquiera habría supuesto que por estos días y hasta después del próximo 10 de abril, nadie estaría hablando de otra cosa que no fuera la revocación de mandato [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h5>Parece que el proceso revocatorio fue activado no tanto para echar del cargo al actual presidente de la República, sino para fundir al INE.</h5>
<p>Hace un mes, cualquiera habría supuesto que por estos días y hasta después del próximo 10 de abril, nadie estaría hablando de otra cosa que no fuera la revocación de mandato de López Obrador, cuya votación será ese día.</p>
<p>Pero sucedió que de manera un tanto inesperada se presentó el turbio asunto de la ‘casa gris’. Y todo cambió. No es que se hable poco de la votación del próximo 10 de abril, por supuesto que no, pero en función de lo que se esperaba prácticamente es nada.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo anterior da a pensar que si se ven las cosas con cierta suspicacia, más parece que este proceso revocatorio fue activado no tanto para echar del cargo al actual presidente de la República, sino para fundir al INE.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Varios puntos ponen de relieve tal propósito. Enuncio sólo algunos, no todos. Uno inicial, que a muchos les pasó inadvertido, consistió en la notable demora de la correspondiente la ley reglamentaria, que debió haber sido expedida “dentro de los 180 días siguientes a la publicación de este decreto”, según dispuso el artículo segundo transitorio de la enmienda constitucional de diciembre de 2019.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pues bien, pasaron los 180 días y la ley no sólo no se expidió sino que ni siquiera se discutió. Transcurrieron otros 180 días y llegó a tal extremo el vacío legislativo que ni la iniciativa de esa ley se había al menos presentado.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Se consumieron después otros 180 días y a continuación el INE, a falta de ley reglamentaria y con sentido de responsabilidad, se vio en la necesidad de dictar unos lineamientos para hacer aplicable en esta ocasión y por primera vez un proceso revocatorio de mandato, a falta de una ley expedida por el Congreso.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Luego, por increíble que parezca, se desató contra el INE una feroz andanada por parte de Morena y sus seguidores. Qué porqué el INE se tomó tales atribuciones, qué puntadas de haber establecido ésto o aquéllo en sus lineamientos. Así suele ser esa gente, muy celosa de la honra pero muy desobligada de sus responsabilidades.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hasta que finalmente el Congreso (con mayoría de Morena en ambas cámaras) expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, misma que apareció publicada en el <i>Diario Oficial </i>el 14 de septiembre de 2021, es decir, quince meses después de la fecha en que a más tardar la debió haber emitido.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Otra cuestión, que hasta ahora ha sido la más visible, es la trampa presupuestal, de tal manera que más que un proceso revocatorio hemos sido testigos de un proceso de linchamiento al INE.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Con gran necedad sus enemigos se han empecinado en que la autoridad electoral organice y lleve a cabo el proceso revocatorio pero sin asignarle los recursos necesarios. El juego, de tan burdo, es más que visible.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La trampa estuvo puesta desde que se aprobó la reforma constitucional en diciembre de 2019 y luego la ley reglamentaria de septiembre de 2021. Quien lea los artículos quinto transitorio de uno y otro decreto llega a la conclusión de que algo raro contienen esos preceptos, en la medida en que ambos disponen que para la realización de las tareas a cargo del INE, por lo que hace al proceso revocatorio, se cubrirá “con base en la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio y los subsecuentes”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">¿Cómo qué con los recursos presupuestales de los años siguientes? Desde entonces algo olió mal. O estaban los textos mal redactados o se trató de un simple ardid distractivo.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Ya puesto en marcha el proceso, se presenta ahora el problema de la propaganda. La mayoría numérica de Morena estableció en la Constitución y en la ley normas muy restrictivas en materia de promoción y propaganda del proceso revocatorio, tanto para todas las instancias gubernamentales como para los partidos políticos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Fieles a su costumbre, tanto el presidente de la República como los gobernadores de Morena y este mismo partido, han venido infringiendo las normas que les prohíben hacer propaganda. Y ahora han enderezado sus baterías contra el INE por las reconvenciones que les viene haciendo, como si éste de sus pistolas hubiera establecido las prohibiciones.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">El ánimo de linchar al INE está más que claro. Seguramente se habrá de recrudecer en los próximos días cuando se vea lo relativo a los foros que sobre este tema hace referencia el artículo 35 de la ley, asunto que se abordará en el próximo artículo.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La propaganda en el proceso revocatorio</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/la-propaganda-en-el-proceso-revocatorio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Feb 2022 11:40:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[AMLO]]></category>
		<category><![CDATA[revocación de mandato]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://re-evolucion.mx/?p=20088</guid>

					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Después de no pocos jaloneos de diverso tipo, finalmente fue emitida y publicada en el Diario Oficial, el pasado lunes 7 de febrero, la Convocatoria del INE para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, es decir, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Después de no pocos jaloneos de diverso tipo, finalmente fue emitida y publicada en el Diario Oficial, el pasado lunes 7 de febrero, la Convocatoria del INE para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, es decir, de López Obrador. Por “pérdida de la confianza”, según dice la Constitución.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La votación correspondiente tendrá lugar el domingo 10 de abril próximo, por cierto Domingo de Ramos. Aquí está la primera cuestión. Porque como la reforma a la Constitución que incorporó a ésta la figura de la “revocación de mandato”, se hizo cuando el actual Presidente ya llevaba un año en el cargo, y como su mandato no será de seis años sino de cinco años y diez meses, es que se estableció un calendario diferente para el caso de que en su periodo se convocara a un proceso revocatorio, como sucedió.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Tal calendario especial aparece descrito en el Cuarto Transitorio de la reforma Constitucional de 2019, que señala los tiempos de cada etapa del proceso en esta ocasión.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Si alguien hace las cuentas, resulta que la fecha de la votación debió ser el domingo 6 de marzo, no el 10 de abril. Varias veces López Obrador dijo que debía realizarse el 21 de marzo, que por cierto será lunes, para que se advierta hasta qué punto López Obrador le otorga a este proceso un valor simbólico, ritual, de  solemnidad histórica,  al pretender ligarlo a Juárez y al juarismo. Por algo será, y que desde luego nada tiene que ver con la revocación de su mandato sino con otra cosa. Fue por ello que sus partidarios estuvieron invitando a firmar para solicitar su “ratificación” en el cargo, aunque en realidad en el fondo lo que pretenden es alguna modalidad de reelección.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero el tema de este artículo es otro. Es sobre la promoción y propaganda que se puede hacer durante el proceso, que como se dijo ya inició. Hay quienes piensan y han dicho que está prohibido exponer públicamente, a través de los medios de comunicación, opiniones acerca de cómo votar el 10 de abril, e incluso sobre si se recomienda acudir, o no, a las casillas ese día.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En cierta forma hay razón para tener dudas sobre ese punto específico. Porque el texto constitucional es de alguna manera un tanto confuso, así como también la ley de la materia. Veamos:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En varios de sus pasajes, la fracción IX del artículo 35 constitucional dispone diversas restricciones sobre la promoción y propaganda a realizar durante el curso de un proceso de revocación de mandato. Prohíbe, y está bien, “el uso de recursos públicos…para fines de promoción y propaganda relacionadas con los procesos de revocación de mandato”. Asimismo, establece que durante el tiempo del proceso “deberá suspenderse toda propaganda gubernamental de cualquier orden [municipal, estatal y federal] de gobierno”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">De hecho –dice la Constitución que— todos los entes públicos, cualquiera que sea su naturaleza, “sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Disponen también la Constitución y la ley que el INE y los órganos electorales locales “serán la única instancia a cargo de la difusión” de los procesos de revocación. Claro, señalando que “la promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En el caso de los particulares, se trate de personas físicas o morales, lo único que la Constitución les prohíbe es “contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos o ciudadanas”. Pero fuera de esta limitación, no hay para los particulares ninguna otra restricción.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En consecuencia, los particulares sí pueden hacer uso de la prensa escrita, de las redes sociales y en general de cualquier otro medio de comunicación, siempre que no sea la radio ni la televisión, para opinar y aun hacer propaganda en uno u otro sentido durante el proceso de revocación de mandato. Claro, con sus propios recursos y de ninguna manera con fondos públicos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En forma un tanto sorpresiva y sin tener sustento constitucional, la Ley Federal de Revocación de Mandato, en vigor desde el 15 de septiembre del año pasado, establece en su artículo 32 disposiciones muy extrañas, por decir lo menos, acerca de la promoción en sí del proceso de revocación y de la propaganda que en torno a éste les está permitido hacer a los partidos políticos. Punto a abordar en próxima ocasión.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El costo de la simulación democrática</title>
		<link>https://re-evolucion.mx/el-costo-de-la-simulacion-democratica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Re-Evolución]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Feb 2022 13:20:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Juan Antonio García Villa]]></category>
		<category><![CDATA[Democracia]]></category>
		<category><![CDATA[Giovanni Sartori]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://re-evolucion.mx/?p=19902</guid>

					<description><![CDATA[Por: Juan Antonio García Villa Hoy en día la democracia es un concepto muy popular. Todo el mundo se ostenta ferviente demócrata, presume de ser fiel demócrata. Pero muchos no tienen siquiera la menor idea acerca del contenido del concepto. Y quizá ni les importe tenerlo. Sin embargo, nadie desconoce que es políticamente incorrecto asumirse [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Juan Antonio García Villa</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Hoy en día la democracia es un concepto muy popular. Todo el mundo se ostenta ferviente demócrata, presume de ser fiel demócrata. Pero muchos no tienen siquiera la menor idea acerca del contenido del concepto. Y quizá ni les importe tenerlo. Sin embargo, nadie desconoce que es políticamente incorrecto asumirse como enemigo o contrario a la democracia. Bien se sabe que esto sería un suicidio.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero no siempre fue así. En su “Teoría de la Democracia” Giovanni Sartori afirma que por una serie de circunstancias, en las que por cierto lamentablemente no profundiza, durante un tiempo la democracia cayó en memorable descrédito. Sin que sea el tiempo histórico al que Sartori se refiere, esto se confirma con un ejemplo relativamente reciente con sólo revisar la literatura política &#8211;y aun las simples noticias periodísticas&#8211; entre ambas Guerras Mundiales. Prácticamente durante tal periodo, con notorias excepciones, como siempre las hay, nadie reivindicaba el sistema y las prácticas democráticas. Era la época del nazismo, los socialismos, el fascismo, los países llamados comunistas y el franquismo, que son la antítesis de la democracia.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Pero después de la Gran Guerra todo cambió. Ser demócrata, presumirse partidario de la democracia ahora da prestigio. Tanto que aun los países de la órbita socialista, por increíble que parezca, hasta antes de la caída del muro de Berlín casi todos ellos oficialmente se definían como “democracias populares”. Pleonasmo aparte, la verdad es que su sistema político era –sigue siendo en los casos en que tales regímenes subsisten&#8211; lo más contrario a la democracia. Pero se valen del concepto democracia, del que presumen, para tener buena imagen, al menos entre los ingenuos que les creen.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En México la Constitución establece en su artículo 40 que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una “República representativa, democrática…en todo lo concerniente a su régimen interior”. Y el siguiente numeral de la Carta Magna, el 41, dispone que los partidos políticos, a los que define como “entidades de interés público”, “tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática”.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Si la Constitución reconoce que el pueblo ha decidido constituirse en república democrática y que a su vez la participación del propio pueblo en la vida democrática se organiza a través de los partidos políticos, la conclusión lógica, obvia, es que a su vez los partidos han de funcionar conforme a los principios, formas y métodos democráticos. Sería absurdo que se les ordenara la adopción de procedimientos no democráticos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">La “Ley General de Partidos Políticos”, de aplicación tanto en el ámbito federal como local, retoma los anteriores principios constitucionales y los explicita de la siguiente manera:</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En su artículo 25 dispone como obligación de los partidos “ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado democrático”. Y ordena que los Estatutos de aquéllos establezcan “las normas y procedimientos democráticos para la integración y renovación de sus órganos internos” así como “para la postulación de sus candidatos” (artículo 39.1, incisos e y f).</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">¿Entonces por qué, de manera sistemática, los partidos vienen aplicando para seleccionar a sus candidatos a cargos de elección popular métodos tan poco democráticos como el dedazo, las tómbolas y las encuestas cuya principal característica es su opacidad?</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Cada vez más el ciudadano se desencanta de la democracia. A nadie debe sorprender, como escribió Giovanni Sartori que históricamente ya ha ocurrido, que aquélla caiga de nuevo en memorable desprestigio. Una señal de que ello ya ocurre es el generalizado descrédito que hoy lastra a los partidos.</p>
<p class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Para enfrentar y superar tal riesgo, ya inminente, militantes de diversas tendencias políticas están proponiendo como solución, por cuanto hace al procedimiento para la postulación de candidatos a cargos de elección popular, que tantos problemas genera, que todos los partidos simultáneamente, en una misma jornada, celebren elecciones primarias abiertas a toda la población que simpatice con cada uno de ellos. Vale la pena considerar seriamente esta iniciativa.</p>
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